Consejos para alquilar piso

Si lo que buscas es un alquiler rápido y seguro, priorizando tu tranquilidad, aquí te dejamos una serie de consejos para alquilar tu piso.

  • ¿Es legal alquilar un piso sin seguro?

    Tanto si eres propietario como inquilino, es posible que te hayas preguntado si es legal alquilar un piso sin seguro de hogar.

    Este tipo de póliza es la que cubre ciertos daños causados en la vivienda o los bienes que se encuentran en ella (electrodomésticos, mobiliario…), además de la cobertura de responsabilidad civil, es decir, la reparación de los desperfectos provocados a un tercero.

    Siendo un desembolso, es normal preguntarse si es obligatorio contratar uno, o si por el contrario se puede alquilar la vivienda sin esta cobertura.

    ¿Es obligatorio tener un seguro para alquilar un piso?

    La ley indica que no existe ninguna obligación de contratar un seguro para poder alquilar una vivienda. Ni el propietario está obligado a tener un seguro del hogar, ni el inquilino está obligado a contratar un seguro de responsabilidad civil o de contenido.

    Esto significa que el alquiler puede formalizarse perfectamente sin que exista ninguna póliza de por medio.

    Ahora bien, aunque la ley no lo exija, muchas veces la práctica y el sentido común sí lo hacen recomendable: en una vivienda siempre puede haber desperfectos o daños, y sin seguro debería ser el propietario o el inquilino quien deba asumirlos directamente.

    Riesgos para el propietario si alquila sin seguro

    Sin un seguro de hogar, cualquier daño estructural o accidente no causado por el inquilino lo paga el propietario. Las situaciones más habituales son:

    • Fugas o reventones de tuberías.
    • Daños eléctricos.
    • Incendios por instalaciones defectuosas.
    • Humedades estructurales.

    Estas reparaciones, en el peor de los casos, pueden llegar a costar miles de euros que el propietario deberá pagar de su bolsillo.

    Riesgos para el inquilino si alquila sin seguro

    El inquilino también se expone a riesgos importantes cuando no tiene un seguro propio.

    Así, deberá ser él quien asuma los daños causados por negligencia o por mal uso de los equipamientos de la vivienda, por ejemplo, la aparición de una gotera en la vivienda de abajo al no haber cerrado un grifo, o un incendio provocado por una sartén en el fuego que se olvidó.

    Por otra parte, si sufre algún robo en la vivienda y pierde pertenencias como joyas, electrodomésticos propios o ropa, también tendrá que volver a comprarlas y pagarlas él mismo.

    ¿Quién debería contratar el seguro, propietario o inquilino?

    Como decimos, aunque sea legal alquilar un piso sin seguro, lo ideal es que ambos cuenten con algún tipo de protección, cada uno para lo que le corresponde:

    Seguro del propietario

    Suele cubrir:

    • Continente (paredes, suelos, instalaciones).
    • Responsabilidad civil de elementos estructurales.
    • Daños accidentales no causados por el inquilino.
    • Robo o desperfectos en muebles cedidos con el piso (si se declara).

    Seguro del inquilino

    Cubre principalmente:

    • Daños accidentales que provoque dentro del piso.
    • Daños a terceros (vecinos).
    • Robo o daño de sus pertenencias.
    • Responsabilidad civil personal.

    De esta manera, entre el seguro del propietario y el del inquilino estarían cubiertos todos los supuestos que pueden darse, siendo los más importantes (y más costosos en general) los desperfectos o daños estructurales que se causan a un tercero.

    ¿Puede el propietario obligar al inquilino a contratar un seguro de hogar?

    Técnicamente, el propietario no puede obligar al inquilino a contratar un seguro, pero sí que puede negociarlo con él, y ya dependerá de si este acepta o no. Es similar a lo que ocurre con otro tipo de garantías que la ley permite negociar, como por ejemplo un aval solidario o un depósito de alquiler.

    Así, si ambos acuerdan que sea el inquilino quien contrate y pague el seguro, esto debe estar recogido en el contrato de alquiler.

    ¿Qué otro tipo de seguros puede negociar el propietario con el inquilino?

    Al margen del seguro de hogar, que no es obligatorio, el propietario también puede negociar con el inquilino la contratación de un seguro de impago, es decir, una póliza que cubra las rentas que este no pagara.

    Como ocurre con el seguro de hogar, si existe un seguro de impago debe indicarse en el alquiler, así como especificar quién se hará cargo de pagarlo.

    Dicho esto, los seguros de impago pueden parecer una buena solución para el propietario, pero lo cierto es que las coberturas que ofrecen son bastante limitadas (en general, solo pagan entre 6 y 12 meses de renta), por no hablar de las carencias y los tiempos de espera.

    En Wolo, como expertos en alquileres de larga duración, mejoramos las prestaciones que ofrecen los seguros de impago con nuestro servicio de Alquiler Garantizado, una cobertura más completa y beneficiosa para los propietarios:

    • Cobertura sin límites de tiempo: mientras que un seguro de impago cubre entre 6 y 12 meses, nuestro Alquiler Garantizado te protege durante todo el tiempo que dure el contrato. Incluso si llega a producirse un desahucio, te pagamos el alquiler hasta que el inquilino abandone la propiedad.
    • Pagos asegurados desde el primer día: no hay periodos de carencia. Si el inquilino no paga, tú sigues cobrando puntualmente desde el primer día de impago, sin interrupciones en tu renta.
    • Acción inmediata: si ocurre un impago, nuestro equipo especializado actúa de inmediato, gestionando tanto la recuperación extrajudicial de la vivienda como el proceso judicial en paralelo. Así, aceleramos al máximo el tiempo de resolución, que suele estar en torno a los 9 meses.
    • Gastos cubiertos: desde tasas judiciales hasta los costes legales y de desahucio, en Wolo nos encargamos de todo.
    • Protección frente al vandalismo: si te preocupa que el inquilino pueda causar daños, nuestro servicio cubre también este riesgo, ofreciéndote protección total.
    • Acompañamiento constante: nuestro equipo te mantendrá informado en todo momento sobre el estado de los pagos, las subidas del IPC y cualquier otra gestión, todo centralizado en nuestra aplicación online.

    Alquilar tu vivienda es la mejor decisión para obtener beneficios pasivos todos los meses, siempre que estés cubierto al 100% de posibles impagos, como te garantizamos en Wolo. Por algo ya somos la agencia inmobiliaria online mejor valorada del país.

    Toca en el botón y súmate a los miles de propietarios que han alquilado su piso y siguen viviendo con tranquilidad.

  • ¿Puede el propietario echar al inquilino si su hijo necesita el piso alquilado?

    Los propietarios que tienen hijos suelen tener dudas a la hora de alquilar su vivienda, no solo por las preguntas que todos se hacen (documentación necesaria, qué cláusulas incluir en el contrato…), sino porque temen no poder recuperar la vivienda si se da la circunstancia de que su hijo la necesite.

    En su caso, deben saber que sí, es posible rescindir el contrato al inquilino si un hijo necesita la vivienda alquilada por parte de sus padres, pero la cuestión es un poco más complicada.

    Lo vemos todo en este post de Wolo.

    ¿Por cuánto tiempo se firma un alquiler de vivienda?

    En primer lugar, hay que saber que, desde marzo de 2019, los contratos de alquiler se hacen por una duración mínima de 5 años, si el inquilino es una persona física y no jurídica (empresa).

    Es legal firmar un contrato por una duración inferior (incluso de solo un año), pero, al tratarse de residencia habitual y no vacacional, el inquilino tiene derecho a exigir la prolongación del contrato hasta cumplir ese mínimo de 5 años.

    Por lo tanto, parecería que el propietario no podría disponer del piso alquilado hasta que se cumpliera ese periodo, incluso si su hijo lo necesita.

    Por suerte, la Ley de Arrendamientos Urbanos prevé este supuesto, y establece una serie de circunstancias en las que el propietario puede recuperar la vivienda que ha alquilado.

    Condiciones para rescindir el contrato si el hijo tiene necesidad de la vivienda

    Si el hijo del propietario necesita mudarse al piso alquilado, este podrá rescindir el contrato al inquilino siempre que se den las siguientes condiciones:

    1) Haber pasado un año desde que se alquiló la vivienda

    En ningún caso podrá echarse al inquilino si el contrato aún no ha cumplido su primer año de vigencia. Lógicamente, nos referimos a un inquilino que sigue cumpliendo con sus obligaciones y no existe ninguna razón legal para rescindir el contrato (impagos, actividades molestas, etc.).

    2) El contrato debe recoger esta cláusula

    Los contratos actuales deben incluir la cláusula por la que el propietario puede recuperar la vivienda una vez cumplido el primer año del arrendamiento. Esto se aplica a aquellos firmados a partir del 5 de marzo de 2019, por lo que, si se hubiera firmado antes, el propietario podría echar al inquilino a pesar de la ausencia de dicha cláusula.

    Es importante saber que la cláusula debe especificar, al menos, el primer año. Si la cláusula estipula que el propietario puede recuperar la vivienda antes (por ejemplo, a los seis meses), se considerará nula incluso si el inquilino la ha aceptado.

    3) Debe justificarse la necesidad que tiene el hijo de la vivienda

    Dicho esto, no basta con comunicarle al inquilino que debe marcharse del piso: hay que justificar formalmente por qué el hijo del propietario lo necesita. Por ejemplo, si se debe por trabajo, mediante el contrato laboral, o si es por estudios, mediante un resguardo de la matrícula en el centro educativo.

    4) La causa debe ser sobrevenida

    A pesar de que exista una razón real por la que el hijo necesita la vivienda, esta debe darse después de firmar el contrato y no antes. Así, el propietario no debería alquilar la vivienda si sabe que su hijo o hija la necesitará dentro de un año.

    Esto se basa en el principio de la buena fe contractual, es decir, si la necesidad del propietario (del hijo) existe antes de la firma, lo ético y lógico es que no alquile el piso para larga estancia.

    En este caso, la ley busca proteger al inquilino garantizándole estabilidad durante cinco años, una estabilidad que no se dará si el propietario rescinde el contrato por una causa que ya conocía previamente.

    5) Avisar al inquilino con dos meses de antelación

    Otra condición para recuperar antes la vivienda es avisar al inquilino con al menos dos meses de antelación, para darle tiempo suficiente de encontrar una solución habitacional.

    6) El hijo debe mudarse antes de los tres meses

    Una vez libre la vivienda (si se han dado todas las condiciones anteriores), el hijo del propietario dispone de un máximo de tres meses para mudarse a la vivienda, a menos que se dé una causa de fuerza mayor que se lo ha impedido, que se consideran aquellos sucesos imprevisibles e inevitables.

    ¿Qué ocurre si el hijo no se muda a la vivienda dentro del plazo estipulado?

    Como hemos dicho, tras recuperar la vivienda, el hijo del propietario tiene tres meses para instalarse, pero, si no lo hace y el inquilino puede demostrarlo legalmente, este último podrá:

    • Optar, en un plazo de treinta días, por volver a la vivienda por un nuevo periodo de cinco años con las mismas condiciones del contrato, pudiendo exigir, además, una indemnización por los gastos del desalojo/reocupación de la vivienda.
    • O, si lo prefiere, ser indemnizado con una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año de contrato que quedara hasta cumplir los cinco (similar a la indemnización que recibe el propietario por desistimiento).

    En definitiva, tal como dijimos al comienzo de este post, la ley reconoce al propietario el derecho de recuperar la vivienda alquilada para entregársela a su hijo, aunque con una serie de requisitos que debe cumplir para garantizarle estabilidad al inquilino al menos durante el primer año de contrato.

    Wolo: la nueva forma de alquilar con tranquilidad y sin riesgos

    En Wolo, especialistas del alquiler de vivienda habitual, combinamos tecnología y seguridad para que los propietarios puedan alquilar su vivienda con total confianza.

    Sabemos lo que supone gestionar un alquiler habitual, por eso ponemos a tu alcance todo lo que necesitas para hacerlo fácil, rentable y sin preocupaciones.

    • Alquiler Garantizado: un servicio gracias al cual cada mes recibes tu renta puntualmente aunque el inquilino no pague. Olvídate de retrasos o impagos: con Wolo, los ingresos están siempre asegurados, sin condiciones ni esperas.
    • Selección de inquilinos fiables: nos encargamos de buscar al candidato ideal para tu vivienda, realizando un exhaustivo análisis de solvencia y garantizando que tu piso esté siempre en buenas manos.
    • Tratamiento de desahucios: si en algún momento surge un problema, también nos ocupamos de todo el proceso de desahucio. Y tú sigues cobrando mes a mes hasta que la situación se resuelva, sin límites ni interrupciones.
    • Gestión remota y online: desde poner tu piso en alquiler hasta comprobar el estado de los pagos, todo se realiza a través de nuestra aplicación web. Así te ahorras desplazamientos, tiempo y dolores de cabeza.

    Si estás pensando en alquilar tu piso para vivienda habitual, hazlo con Wolo, la agencia inmobiliaria digital mejor valorada del país, y sigue viviendo con total tranquilidad.

  • ¿El inquilino está obligado a declarar el alquiler en su renta?

    Cuando llega la hora de ajustar cuentas con Hacienda, muchos inquilinos se preguntan si están obligados a declarar el alquiler que pagan al propietario.

    La respuesta rápida es que sí, pero veamos por qué el fisco obliga a ello y, además, las posibles ventajas que tiene para el inquilino.

    Los inquilinos tienen la obligación de declarar el alquiler

    Como decimos, el inquilino debe declarar el alquiler que paga al propietario de la vivienda.

    La razón es que Hacienda tenga constancia de todos los contratos de alquiler que existen activos. Así, si la Agencia Tributaria comprueba que el inquilino paga un alquiler, pero el propietario no lo declara por su parte, podría iniciar una investigación para destapar el posible alquiler fraudulento, con multas importantes para el propietario.

    De hecho, el cruce de renta es uno de los métodos que tiene Hacienda para detectar alquileres irregulares, entre otras técnicas, como el empadronamiento del inquilino o el consumo de suministros en la vivienda.

    Por otra parte, en este otro artículo te explicamos cómo declarar el alquiler siendo inquilino.

    ¿Qué inquilinos deben declarar el alquiler?

    Teniendo en cuenta que existen varios tipos de inquilinos, veamos cuáles están obligados a indicar el alquiler en la renta.

    Inquilinos individuales

    Son las personas que alquilan una vivienda a su nombre, vivienda en la que no vive legalmente hablando nadie más. Como responsables legales del contrato, están obligados a declararlo.

    Inquilinos que comparten piso

    El caso más común entre estudiantes o jóvenes profesionales. En este tipo de arrendamiento, cada inquilino deberá declarar su parte proporcional de la renta, la cual debe estar indicada en el contrato de alquiler.

    Inquilinos subalquilados

    Siempre que cuente con el permiso explícito del propietario, el inquilino puede subalquilar una habitación a otra persona. Cuando se da esta situación, el inquilino original debe declarar todo el alquiler, mientras que el subalquilado, solo la parte que él le paga.

    Recordamos que la “existencia” de la persona que subalquila idealmente debería estar reflejada en el contrato, o al menos como un anexo a él.

    Matrimonios y parejas de hecho

    Si la vivienda la alquila un matrimonio o una pareja de hecho, los dos deben declarar el alquiler si ambos aparecen en el contrato.

    ¿Qué ocurre si el inquilino no declara el alquiler?

    Si el inquilino no declara el alquiler pierde el derecho a recibir las deducciones fiscales que ofrece la comunidad autónoma donde se encuentre la vivienda. Estas deducciones, que son diferentes de una autonomía a otra, tienen una serie de condiciones o requisitos, que son:

    • El precio del alquiler;
    • la edad del inquilino;
    • los ingresos del inquilino;
    • límites máximos que pueden deducirse,
    • y la dación en pago (aplicable solo en algunas comunidades).

    Además, si se pretende optar a alguna de dichas deducciones, hay que tener en cuenta lo siguiente:

    • Se deben aplicar las deducciones fiscales permitidas por la comunidad autónoma donde se resida (vivienda habitual). Es decir, un inquilino con un piso alquilado en Madrid no puede aplicarse las deducciones de Andalucía aunque siga empadronado en esta última comunidad (algo que, además, no debería hacer si su vivienda habitual está en Madrid).
    • Cuando se aplican límites de edad, hay que considerar la edad a día 31 de diciembre.
    • Si se comparte piso, cada inquilino deberá declarar la parte proporcional que paga, no se divide en partes iguales. Por ejemplo, un alquiler de 1000 €/mes entre dos inquilinos donde uno paga 700 €/mes y el otro, 300 €/mes. La base del primero serán 8400 € (700 € x 12 meses), la del segundo, 3600 € (300 € x 12 meses).

    Wolo, la plataforma que conecta propietarios e inquilinos

    En Wolo nos dedicamos a encontrar a los inquilinos ideales para los propietarios que buscan un alquiler seguro para su vivienda, como es nuestro servicio único de Alquiler Garantizado:

    1. Cobertura desde el primer día: el propietario recibe su dinero aunque el inquilino no pague, sin esperas, carencias ni límite de tiempo.
    2. Gestión de desahucios: si fuera necesario, nos ocupamos del proceso de desahucio del inquilino, incluyendo los costes legales, y el propietario seguirá cobrando puntualmente hasta que recupere la vivienda.
    3. Respuesta inmediata: ante el primer impago, nuestro equipo especializado actúa de inmediato, así aceleramos al máximo el tiempo de resolución, que suele estar en torno a los 9 meses.

    Por supuesto, y pensando en el bienestar y la tranquilidad del propietario y del inquilino, contamos con un departamento jurídico encargado de redactar un contrato de alquiler con todas las cláusulas que hagan de su relación un acuerdo mutuamente beneficioso.

    Tanto si eres propietario en busca de una forma segura de alquilar o si eres inquilino en busca de la vivienda perfecta para ti, puedes confiar en la plataforma online de alquiler mejor valorada del país.

  • ¿Qué es un gran tenedor en Cataluña y cómo afecta al alquiler de vivienda?

    ¿Tienes varias viviendas en Cataluña y estás pensando en alquilarlas? Entonces, seguramente te interese saber qué significa ser gran tenedor en Cataluña y qué implicaciones tiene en el mercado del alquiler.

    En este post de Wolo te damos toda la información para alquilar tu vivienda de manera legal siendo gran tenedor en dicha comunidad autónoma.

    ¿Qué se considera un gran tenedor en Cataluña?

    La figura del gran tenedor no es nueva, pero ha cobrado mucha relevancia con la última Ley estatal de Vivienda y su aplicación en las comunidades autónomas.

    La nueva ley, que dos años después de su aprobación todavía sigue siendo objeto de debate, introdujo varios cambios que perseguían facilitar el acceso al alquiler a los inquilinos con menos recursos, por un lado, y restringir la subida de precios en las llamadas zonas tensionadas.

    Dicho esto, la ley considera grandes tenedores a los propietarios de viviendas que cumplan una de las siguientes condiciones:

    • Las personas físicas o jurídicas que poseen más de 10 viviendas de uso residencial (excluyendo garajes y trasteros)
    • Quienes suman más de 1.500 m² construidos destinados a este mismo uso.

    Sin embargo, en Cataluña, una de las comunidades con los precios del alquiler más elevados, la normativa autonómica ha ido un paso más allá.

    Así, en Cataluña se considera gran tenedor a quien tenga 5 o más viviendas situadas en zonas tensionadas, aunque no supere los 10 inmuebles o los 1.500 m² edificados.

    Esta definición más restrictiva se aplica en municipios donde el precio del alquiler se ha disparado y dificulta el acceso a la vivienda a los inquilinos más vulnerables.

    ¿Qué supone ser gran tenedor en Cataluña?

    No es lo mismo alquilar una vivienda como pequeño propietario que hacerlo como gran tenedor. La ley impone condiciones específicas a estos últimos, sobre todo en zonas con alta demanda de vivienda.

    Por eso, si eres gran tenedor en Cataluña (5 o más viviendas en propiedad), debes cumplir con lo siguiente:

    1. Debes respetar el índice de precios del alquiler

    En zonas tensionadas, el alquiler debe ajustarse a un índice de referencia oficial publicado por el Ministerio de Vivienda. Esto evita que el precio supere lo que marca el mercado según las características del inmueble.

    En otras palabras, tienes libertad para fijar la renta que desees siempre que no supere el precio máximo que fija el índice estatal.

    2. No puedes subir el precio libremente

    Si ya habías alquilado esa vivienda antes, no puedes subir el precio en un nuevo contrato, salvo que hayas hecho obras de mejora o se haya producido un cambio relevante en las condiciones del alquiler.

    3. Obligación de aportar documentación

    Cuando alquilas como gran tenedor, el contrato de arrendamiento debe incluir, además de las cláusulas “típicas”, lo siguiente:

    • El certificado del índice de precios
    • La declaración responsable de que eres o no gran tenedor
    • Una copia del contrato anterior para comprobar el alquiler que pagaba el inquilino anterior

    4. Reglas específicas en caso de desahucio

    Ante un impago del inquilino, al ser gran tenedor, la ley exige que el propietario haya intentado una negociación previa o mediación antes de iniciar un proceso judicial, especialmente cuando el inquilino es una persona económicamente vulnerable o tiene hijos a su cargo.

    Como vemos, la mayor desventaja para los grandes tenedores es, sin duda, la imposibilidad de alquilar por encima de cierto límite, algo que sí pueden hacer los pequeños propietarios siempre que la renta del contrato anterior fuera superior a la marcada en el índice.

    ¿Qué ocurre si eres gran tenedor en Cataluña y no cumples estas obligaciones?

    Si un gran tenedor en Cataluña no cumple con dichas obligaciones, ya sea de manera intencionada o por desconocimiento, puede enfrentarse a las siguientes situaciones:

    1. Sanciones económicas: la falta de inscripción en el Registro de Grandes Tenedores o el incumplimiento de otras obligaciones conlleva multas que van desde los 9001€ hasta los 90000€, según la ley catalana del derecho a vivienda.
    2. Dificultades en procedimientos judiciales: se podría negar un desahucio por no haber realizado la oferta previa de alquiler social o enfrentarse a problemas en reclamaciones de renta.
    3. Restricciones en la gestión de inmuebles: el incumplimiento puede limitar la capacidad del gran tenedor para actualizar precios de alquiler y afectar a la rentabilidad de sus inversiones, según lo establecido por la ley.
    4. Imposibilidad de acceder a convenios o negociaciones con la administración: el no cumplir con las obligaciones de gran tenedor también podría dificultar la colaboración con entidades públicas y la participación en programas de vivienda.
    5. Posibles reclamaciones de inquilinos: los propios arrendatarios podrían solicitar indemnizaciones o reducciones de renta como resultado del incumplimiento del gran tenedor.

    ¿Esto afecta solo a grandes fondos o también a particulares?

    Es una de las dudas más habituales. Y la respuesta es que sí. Si eres particular pero tienes 5 pisos o más en una zona tensionada, también eres considerado gran tenedor. Es decir, no es solo cosa de bancos o fondos de inversión, también afecta a propietarios individuales con varias viviendas.

    ¿Cómo saber si una vivienda está en una zona tensionada de Cataluña?

    Puedes consultar si un municipio está declarado como zona tensionada en la web oficial del Ministerio de Vivienda o en los portales habilitados por la Generalitat. En este otro artículo de Wolo también encontrarás una tabla con las zonas de alquiler tensionado en la comunidad.

    ¿Sigue siendo rentable el alquiler a pesar del límite a los precios?

    Aunque el nuevo marco normativo limita el precio del alquiler en zonas tensionadas a los grandes tenedores, esto no significa que alquilar deje de ser rentable. Al contrario: la alta demanda de vivienda en estas áreas garantiza una ocupación rápida y estable.

    Hay que tener en cuenta que son zonas donde los inquilinos buscan permanecer a largo plazo (sobre todo en Barcelona y alrededores), lo que reduce la rotación y te permite tener ingresos continuos sin largos periodos de vacío.

    Además, los precios máximos fijados por el índice de referencia siguen siendo competitivos y permiten una rentabilidad más que razonable, sobre todo si adquiriste la vivienda hace años o ya está amortizada.

    Por otro lado, contar con un servicio como Wolo elimina el principal riesgo que preocupa a los grandes propietarios: la morosidad. Con nuestro modelo de alquiler seguro, cobras todos los meses pase lo que pase, de forma puntual y sin límite de tiempo.

    Igualmente, nos ocupamos de encontrar perfiles solventes, gestionar todo el papeleo, hacer el seguimiento del contrato, informarte de las hipotéticas incidencias y de los costes del desahucio, si llegara a ser necesario.

    En un contexto donde el marco legal es más exigente y cambiante, delegar la gestión en un equipo profesional no solo te ahorra tiempo y preocupaciones: también protege tu inversión.

    Con Wolo, lo único que tienes que hacer es decidir que quieres alquilar. De proteger tu dinero, nos encargamos nosotros.

  • Las mejores alarmas para hogar: ¿cuál elegir?

    Aunque la probabilidad de sufrir una okupación puede darse durante todo el año, el verano es la época donde más casos se producen.

    Existen una serie de medidas antiokupación que todos deberíamos conocer, pero, junto a las puertas blindadas, la opción de instalar una alarma de hogar suele ser la más efectiva: no solo disuade al intruso, sino que da aviso a la policía para que actúe lo más rápidamente posible.

    Así, con el verano a la vuelta de la esquina, y tanto si eres propietario como inquilino, en este artículo queremos hablarte de las mejores alarmas para hogar que existen en España, para ayudarte a elegir la opción que más se adapte a tus necesidades.

    ¿Por qué es importante tener una alarma en casa?

    Contar con un sistema de alarma en casa no solo es una forma de proteger nuestra vivienda, sino también de tener un mayor control sobre nuestra seguridad.

    Las alarmas modernas ofrecen ventajas como la conexión con aplicaciones móviles, el monitoreo remoto y la integración con otros dispositivos inteligentes en el hogar.

    Además, algunas opciones permiten el monitoreo profesional de la seguridad, lo que añade una capa extra de tranquilidad.

    Las mejores empresas de alarmas para el hogar en España

    En el mercado español existen numerosas opciones, cada una con características distintas que pueden adaptarse a diferentes necesidades. Abajo analizamos las empresas más destacadas.

    Securitas Direct

    Securitas Direct es una de las compañías más reconocidas en el sector de las alarmas. Ofrecen una amplia variedad de servicios, destacándose por su sistema de monitoreo 24/7 a través de la Central Receptora de Alarmas (CRA). Con la aplicación My Verisure, podrás controlar tu alarma desde cualquier lugar, lo que te permite recibir notificaciones en tiempo real y gestionar la seguridad de tu hogar de forma cómoda.

    Uno de sus mayores puntos a favor es la instalación incluida y la posibilidad de adaptarse a diferentes tipos de viviendas, desde pisos hasta chalets. Además, aunque la cuota mensual es algo elevada, la tranquilidad que ofrece un sistema de seguridad profesional puede valer la inversión.

    Movistar Prosegur Alarmas

    Movistar Prosegur Alarmas se presenta como una opción muy competitiva, especialmente para aquellos que ya están familiarizados con la tecnología de Movistar. Este sistema ofrece una instalación sin coste adicional y un monitoreo profesional, similar al de Securitas Direct. Además, su sistema de seguridad cuenta con una tecnología antiinhibición, lo que refuerza la protección contra intentos de acceso a la vivienda.

    El control de la alarma se puede realizar a través de la app móvil, y permite configurar zonas específicas en el hogar, lo que resulta útil si se tienen mascotas. Su cuota mensual es también similar a la de Securitas Direct, lo que convierte a esta opción en una de las más completas del mercado.

    ADT Seguridad

    Con ADT, obtienes un sistema de alarma con dispositivos inteligentes que se pueden integrar con otros dispositivos del hogar. Esto es ideal si ya utilizas tecnología domótica en tu casa. La compañía ofrece una instalación inicial gratuita y un servicio de monitoreo 24/7 a través de su Central Receptora de Alarmas.

    Una de las características destacadas de ADT es la posibilidad de incorporar cámaras de seguridad, tanto de interior como de exterior, lo que te permitirá tener un control visual en tiempo real de lo que sucede alrededor de tu vivienda.

    Segurma

    Segurma se diferencia por su enfoque en sistemas de alarma que protegen no solo contra intrusos, sino también contra incendios y otros incidentes. Ofrecen una opción de control remoto a través de su aplicación móvil, permitiéndote supervisar tu hogar desde cualquier lugar. El sistema también incluye fotodetectores que mejoran la precisión de la detección de movimientos, evitando falsas alarmas.

    Su cuota mensual es más económica que las opciones anteriores, lo que lo convierte en una excelente alternativa si buscas una alarma eficaz sin comprometer tanto tu presupuesto.

    Sector Alarm

    Aunque menos conocida que las empresas anteriores, Sector Alarm destaca por su servicio personalizado y su tecnología avanzada.

    Su sistema de alarma incluye monitoreo 24/7, detección avanzada gracias a sensores de movimiento con cámara y detectores de humo integrados en casi todos sus kits, una característica destacada en el sector. Con su aplicación móvil intuitiva, puedes controlar la alarma, visualizar cámaras en vivo y recibir notificaciones en tiempo real.

    A pesar de ser de origen noruego, las prestaciones que ofrecen sus alarmas ya han convertido a Sector Alarma en una de las mejores empresas del sector en nuestro país.

    EmpresaPrecio mensualInstalaciónMonitoreo 24/7SensoresCámaras de seguridadControl remoto (App)Servicios adicionales
    Securitas DirectDesde 44,90 €/mesIncluidaSensores de movimiento, humoProtección contra incendios, servicio de atención al cliente
    Movistar ProsegurDesde 44,90 €/mesIncluidaSensores de movimiento, anti-inhibiciónControl parcial con mascotas, servicio de atención al cliente
    ADT SeguridadDesde 42,35 €/mesIncluidaSensores de movimiento, humoSí (interior/exterior)Integración con domótica, cámaras, protección contra incendios
    SegurmaDesde 19,90 €/mesIncluidaSensores de movimiento, fotodetectoresNoProtección contra incendios, monitoreo a través de app
    Sector AlarmDesde 39,95 €/mesIncluidaSensores de movimiento, humoMonitoreo 24/7, atención al cliente, instalación profesional

    Consejos para elegir la alarma adecuada para tu hogar

    A la hora de elegir la mejor alarma para tu hogar, es importante tener en cuenta diversos factores que te ayudarán a seleccionar la opción que mejor se adapte a tus necesidades y presupuesto.

    1. Tipo de protección que necesitas

    Existen alarmas diseñadas específicamente para distintos tipos de protección. Por ejemplo, si te preocupa principalmente el robo, elige una alarma con sensores de movimiento, cámaras de seguridad y conexión a una Central Receptora de Alarmas (CRA).

    Si también quieres proteger tu hogar contra incendios o inundaciones, busca un sistema que incluya detectores de humo o de agua.

    2. Monitoreo y asistencia profesional

    Las alarmas con monitoreo profesional garantizan que un equipo de seguridad esté al tanto de cualquier alerta en tiempo real y pueda actuar rápidamente. Esto es especialmente importante si no puedes reaccionar tú mismo ante una alarma.
    Luego, si prefieres tener un control completo, algunas alarmas permiten monitoreo desde una app móvil, pero sin asistencia externa.

    3. Cuotas mensuales

    Las alarmas con monitoreo profesional generalmente tienen una cuota mensual que incluye la conexión con la Central Receptora de Alarmas. Para evitar este gasto recurrente, existen opciones sin cuotas que solo requieren la compra e instalación de los dispositivos. En este caso, el monitoreo dependerá de ti.

    4. Compatibilidad con dispositivos inteligentes

    Las alarmas más modernas ofrecen integración con sistemas de domótica. Si ya tienes dispositivos inteligentes en casa, como termostatos, cámaras o cerraduras, asegúrate de que el sistema de alarma sea compatible con ellos. Esto te permitirá controlar todos los dispositivos desde una sola app y mejorar la eficiencia de tu hogar.

    5. Cobertura y tamaño del hogar

    Considera el tamaño de tu vivienda y las áreas que deseas proteger. En una casa grande o de varias plantas, necesitarás más sensores o cámaras para garantizar una cobertura adecuada. En cambio, si tienes un piso pequeño, tal vez un sistema básico sea suficiente.

    6. Cámara de seguridad

    Las cámaras de seguridad ofrecen una capa extra de protección, permitiéndote monitorear tu hogar en tiempo real a través de una aplicación en tu móvil. Algunas cámaras también cuentan con funcionalidades como visión nocturna o grabación de vídeo, lo cual es ideal para detectar intrusos de manera más efectiva.

    7. Fiabilidad y soporte al cliente

    Hay que elegir una marca de alarmas confiable que ofrezca un buen servicio de soporte al cliente. Asegúrate de que la empresa tenga una buena reputación, tanto en cuanto a la fiabilidad de sus sistemas como en su servicio postventa, para resolver problemas o dudas rápidamente.

    Teniendo en cuenta estos factores, podrás tomar una decisión informada sobre la mejor alarma para tu hogar, asegurándote así que tu vivienda esté protegida de manera fiable y al coste que puedas asumir.

    ¿Eres propietario de un piso vacío? Blíndalo alquilándolo al mejor inquilino

    Si bien la efectividad de las alarmas para hogar está demostrada, existe una forma de reforzar (aún más) la seguridad de una vivienda vacía: alquilarla a un inquilino de larga estancia.

    Efectivamente, un piso vacío, aunque tenga un propietario, no es residencia habitual de nadie, lo que lo convierte en uno de los principales objetivos de los intrusos. Sin embargo, al alquilarla, la vivienda se convierte en el domicilio legal del inquilino y cualquier intrusión no sería una okupación, sino un allanamiento de morada, un delito más grave que el primero.

    Además, al tratarse de una vivienda, la policía podría expulsar al intruso nada más descubrir que ha accedido al inmueble, sin necesidad de orden judicial, como ocurre en la okupación.

    Por todo ello, si eres propietario de una vivienda vacía y temes que te la roben o te la okupen, alquilarla es la manera más efectiva de disuadir a los intrusos, tengas instalada una alarma de hogar o no.

    Protege lo que es tuyo y obtén ingresos pasivos mes a mes alquilando tu vivienda con el alquiler seguro de Wolo, la plataforma de propietarios de inmuebles mejor valorada del país.

  • Cómo alquilar un piso sin ser estafado: consejos para propietarios e inquilinos

    Alquilar un piso es una experiencia satisfactoria en un 99% de los casos… y el pequeño porcentaje restante puede ser un auténtico quebradero de cabeza si no se toman ciertas precauciones.

    Como en otros ámbitos, en el mercado del alquiler también existen las estafas, las cuales afectan igual a propietarios y a inquilinos. La falta de información o el exceso de confianza son las dos causas principales que nos hacen caer en fraudes.

    Por ello, en Wolo te damos las claves para evitar fraudes en el alquiler y hacer que la experiencia sea completamente segura y legal.

    Indicios de estafa en el alquiler de viviendas

    Como decimos, el objetivo de la estafa puede ser tanto el propietario como el inquilino. Saber identificar una serie de “indicios” es fundamental para evitar que la persona, arrendador o arrendatario, dé el paso definitivo que le lleve a caer en la estafa.

    Indicios de estafa para los inquilinos

    De cara al inquilino, las estafas en el alquiler suelen tener un objetivo económico, con o sin entrega de la vivienda. Así, un inquilino debe sospechar de que detrás del alquiler se esconde un engaño o estafa si descubre una o varias de las siguientes señales:

    Anuncios con información falsa

    Hay que comprobar toda la información posible que aparece en el anuncio. Por ejemplo, que la dirección indicada exista en el municipio donde está el piso y que los servicios cercanos que se mencionan correspondan a la realidad.

    Solo imágenes del exterior

    Aunque las imágenes de los exteriores de la vivienda suelen incluirse en los anuncios de alquiler, hay que sospechar de estafa si el anuncio solo muestra imágenes exteriores y ninguna del interior del piso. También debería hacernos desconfiar si las imágenes son de muy mala calidad o parecen sacadas de bancos de imágenes.

    Precios demasiado bajos

    Al igual que pasa con los precios excesivamente altos, los precios demasiado bajos también deberían ser motivo de sospecha. Y es que fijar un alquiler muy por debajo de la media del mercado puede ser atractivo para los inquilinos con menos recursos, quienes no dudarán en ponerse en contacto con el supuesto propietario.

    En este sentido, también es común que los estafadores no muestren ningún problema a la hora de bajar todavía más el precio, ni tampoco ante la posibilidad de hacer obras en la vivienda: solo quieren recibir el dinero que sea por parte del inquilino y desaparecer.

    Petición de pagos por adelantado

    Otro indicio de estafa es la solicitud de pagos (fianza, depósito o primer mes) por adelantado sin siquiera haber visitado antes la vivienda. De la misma forma que no comprarías un coche sin antes haberlo probado, no debes realizar ningún pago sin antes cerciorarte de que la vivienda que vas a alquilar existe de verdad.

    Personas “de confianza” para enseñar la vivienda

    Es cierto que no siempre el propietario puede enseñar la vivienda personalmente y que, en esos casos, delega la tarea a alguien cercano.

    Sin embargo, deberías dudar de las intenciones de esa persona “de confianza” si te escribió desde una dirección electrónica nada habitual, no sabe responder claramente a todas tus preguntas o si, una vez enseñada la vivienda, te presiona para que tomes la decisión de quedártela de forma inmediata.

    Indicios de estafa para los propietarios

    En el caso de los propietarios, las estafas cometidas por el inquilino son porque tiene intención de convertirse en okupa, alquilar el piso para otras personas o realizar actividades ilícitas. Estas son las señales para detectarlos:

    Inquilinos que se niegan a presentar su documentación

    Además de que presentar cierta documentación es requisito indispensable para firmar el contrato de alquiler, si el inquilino se niega de entrada a presentar cualquier tipo de documento, ya deberían saltar todas las alarmas: vida laboral, nóminas, contrato de trabajo o, en casos extremos, su propio documento de identificación.

    Insistir en hacer los pagos en metálico

    Para evitar las multas de Hacienda por un alquiler no declarado, lo mejor es solicitar el pago del alquiler por transferencia bancaria, que aparte es lo habitual en estos casos.

    Por ello, deberíamos sospechar cuando el inquilino insiste en pagar la renta solo en metálico, pues se trataría de una manera de no justificar el origen de esos ingresos o, incluso, de algún tipo de blanqueamiento de capitales.

    Insistir en poner los suministros a nombre del propietario

    Esta técnica es propia de los inquiokupas. Si los suministros están a nombre del propietario, el inquilino tiene derecho a seguir disfrutando de ellos aunque no se los reembolse al propietario.

    Así, si finalmente el inquilino se convierte en okupa, tendría luz y agua gratis hasta que fuera desalojado del piso. Por tanto, si la insistencia del inquilino en este sentido es fuerte, alerta de estafa.

    Negarse sistemáticamente a enseñar la vivienda

    Recordemos que el contrato de alquiler puede incluir la cláusula por la que el propietario puede acceder a la vivienda, avisando con antelación suficiente. En caso de no existir, pierde este derecho.

    Dicho esto, lo normal es que un inquilino no ponga impedimento si el dueño de la vivienda quiere entrar. Sin embargo, si ante la petición formal del propietario el inquilino se niega una y otra vez, o siempre pone excusas para no acceder a ello, deberíamos pensar en varios escenarios: el piso está (sub)alquilado a otra persona sin permiso, está llevando a cabo actividades ilícitas o, una vez más, se ha convertido en okupa.

    Cómo evitar las estafas en un alquiler

    Sabiendo ya los posibles indicios de estafa para uno y otro, veamos ahora los consejos que debes seguir para no caer en el engaño:

    Lo que debe hacer el inquilino

    • Desconfía de precios “atípicos”: si el precio está muy por debajo o muy por encima del mercado, sospecha. Compara con otras viviendas similares en la zona.
    • Analiza bien el anuncio: comprueba que la información que aparece es real y que las imágenes son de calidad y del interior de la vivienda, en su mayoría.
    • Nunca pagues sin ver el piso: ni por transferencia ni por Bizum. Asegúrate de visitar el piso, confirmar la identidad del arrendador y firmar un contrato antes de entregar dinero.
    • Comprueba quién es el propietario: puedes solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad o pedir que te muestren el último recibo del IBI.
    • Lee bien el contrato: evita cláusulas poco claras o que te obliguen a pagar cantidades exageradas por desperfectos menores. El contrato debe estar firmado por ambas partes y contener todos los datos completos del inmueble.

    Lo que debe hacer el propietario

    • Pide documentación al inquilino: solicita DNI, contrato laboral, últimas nóminas y referencias de arrendamientos anteriores si es posible.
    • Haz un contrato completo y legal: como mínimo, especifica duración, importe del alquiler, fianza, posibles prórrogas y causas de resolución. Un contrato mal redactado puede dejarte indefenso ante ciertas situaciones.
    • No aceptes dinero en metálico ni dinero de más: al margen de la fianza, que a veces sí se paga en metálico, exige el pago de la renta por transferencia o Bizum. Si el inquilino quiere pagarte dinero de más (incluso de forma telemática), niégate.
    • Negocia el pago de los suministros: plantea que sea el inquilino quien pague los suministros, pero, si se niega o insiste tajantemente en que seas tú, ya sabes qué hacer.
    • Cuidado con la información que das: hasta haberte asegurado de que el inquilino es alguien de plena confianza y que no hay ningún peligro de estafa, no le facilites información tuya como el nombre completo, DNI o dirección. Estos datos ya los tendrá en el contrato de alquiler.

    Alquilar un piso a través de una agencia inmobiliaria

    Todo lo que hemos visto, tanto para el propietario como para el inquilino, se resume en: alquilar el piso a través de una agencia inmobiliaria. Efectivamente, las agencias inmobiliarias reducen al 0% la posibilidad de estafa para ambas partes.

    Por un lado, comprueban quién es el propietario del inmueble, la información sobre él y las condiciones de la vivienda, fijan un precio competitivo dentro del mercado, publican anuncios reales con datos e imágenes fidedignos de la vivienda, y se ocupan de enseñarla a los interesados.

    Por otro lado, comprueban la información del inquilino, como su identidad y sus ingresos a través de un estudio de solvencia, además de ofrecer al propietario herramientas para alquilar su vivienda de manera segura, como hacemos en Wolo.

    De esta forma, mediante la firma de un contrato de alquiler, redactado por una agencia inmobiliaria profesional, el propietario tiene la tranquilidad de haber alquilado al candidato ideal, y el inquilino la tiene al saber que ha alquilado una vivienda real a su propietario real.

    Ya estés buscando una manera segura de alquilar tu vivienda, o estés buscando el mejor piso en alquiler, hazlo a través de Wolo, la plataforma de propietarios de vivienda mejor valorada del país, y huye de las estafas en el mercado del alquiler.

  • ¿Quién debe pagar los honorarios de la inmobiliaria en un alquiler con la ley actual?

    Entre muchas otras, una de las dudas más frecuentes cuando se firma un contrato de alquiler es saber quién debe pagar los honorarios de la agencia inmobiliaria.

    Esta cuestión genera confusión tanto en propietarios como en inquilinos, especialmente tras los cambios legislativos introducidos por la nueva ley de vivienda de 2024.

    Por eso, y dado que se trata de un tema controvertido, en Wolo te explicamos de forma clara y actualizada quién asume estos costes y qué excepciones existen.

    ¿En qué consisten los honorarios inmobiliarios?

    Aunque se suele hablar de la “comisión” que cobra una agencia inmobiliaria por sus servicios, lo cierto es que esa palabra tiene un sentido peyorativo que no se corresponde con la realidad: una agencia inmobiliaria, como cualquier otra empresa, ofrece sus servicios a cambio de una remuneración económica.

    Así, los honorarios (y no comisión) de una inmobiliaria se trata, básicamente, de la retribución monetaria que recibe por su participación en la tasación, la promoción, la negociación con las personas interesadas, la gestión de las visitas y la elaboración de la documentación relativas a una operación inmobiliaria, como es el alquiler y la compraventa.

    Los honorarios por estos servicios suelen cobrarse en forma de porcentaje, en torno al 10% de la anualidad en un alquiler, y entre un 3% y un 8% del precio de venta en una operación de compraventa de vivienda.

    ¿Quién debe pagar a la inmobiliaria en un alquiler?

    Sabiendo ya que es lógico que las inmobiliarias reciban un dinero por sus servicios (que no son pocos) y en qué consisten esos servicios, en un alquiler, tradicionalmente han sido los inquilinos quienes han tenido que abonarlos.

    Sin embargo, desde el 26 de mayo de 2023, con la entrada en vigor de la Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda, el panorama legal cambió notablemente en lo que respecta a los contratos de alquiler de vivienda habitual.

    Así, la nueva ley establece en el Apartado 1 del Artículo 20 que, si se alquila una vivienda habitual a través de una agencia inmobiliaria, será el propietario, y no el inquilino, quien asuma los costes de la agencia por los servicios ofrecidos, así como los gastos de redacción del contrato de alquiler.

    ¿Qué supone que ahora sea el propietario quien pague la agencia?

    Uno de los objetivos de la nueva ley es proteger a los inquilinos, especialmente a los más vulnerables, evitando que deban hacer frente a pagos elevados para acceder a una vivienda. Pero esta “protección” no consiste solo en traspasar el pago de los honorarios de la agencia al propietario, sino también en los topes al alquiler en las zonas tensionadas.

    En otras palabras, la intención de la nueva legislación es corregir el desequilibrio existente entre propietarios e inquilinos. Así, con esta medida:

    • Se favorece el acceso a la vivienda para jóvenes y colectivos con menos recursos.
    • Se impide que el inquilino pague por un servicio que ha contratado el propietario.
    • Se refuerza la transparencia y equidad en el mercado del alquiler.

    ¿Aplica esta obligación a todos los tipos de alquiler?

    Es importante tener en cuenta que el propietario deberá pagar los honorarios de la agencia solo cuando se firme un contrato de alquiler de vivienda habitual. Esto significa que, en los siguientes casos, seguirá siendo el inquilino quien asuma este coste, en general:

    1. Alquileres de temporada

    Los alquileres de temporada (por ejemplo, por motivos laborales, estudios o vacaciones) quedaron fuera de la modificación de la legislación, ya que no se consideran residencias habituales.

    En estos casos, las condiciones se pactan libremente entre las partes, y el inquilino suele ser responsable de los honorarios de la agencia, siempre que así lo acuerde con el propietario.

    2. Locales comerciales, oficinas o naves industriales

    En los contratos de uso distinto de vivienda, como locales comerciales o despachos profesionales, la ley no impone quién debe pagar los honorarios. De nuevo, todo depende de lo que se pacte entre arrendador y arrendatario.

    3. Cuando el inquilino acude directamente a la inmobiliaria

    Existe un tercer caso, y es cuando el futuro inquilino decide acudir a una agencia inmobiliaria por iniciativa propia para que le busquen una vivienda.

    Aquí se considera que está contratando un servicio para su propio beneficio, por lo que es lógico que sea él quien pague los honorarios, puesto que la agencia actúa en su nombre.

    No obstante, esta situación puede ser relativa, sobre todo cuando la inmobiliaria ofrece al inquilino una vivienda disponible que ya tenían en cartera. Diferente será cuando la agencia consiga al inquilino una vivienda nueva que no tenía en su haber.

    ¿Qué ocurre si una agencia intenta cobrarte los honorarios como inquilino?

    A pesar de lo establecido por ley, todavía hay agencias inmobiliarias que siguen exigiendo el pago de honorarios a los inquilinos en contratos de vivienda habitual. En otros casos, enmascaran sus honorarios bajo otros nombres u otros servicios (“casualmente”, suelen rondar el 10% de la anualidad), pero sigue siendo algo ilegal.

    Por eso, si como inquilino te encuentras en esta situación, puedes y debes defender tus derechos.

    Pasos a seguir si te quieren cobrar honorarios indebidos:

    • Rechaza el pago: recuerda que, por ley, el inquilino no debe asumir los gastos de agencia si se trata de una vivienda habitual.
    • Solicita una hoja de reclamaciones: como cualquier empresa “cara al público”, todas las agencias están obligadas a tener una hoja de reclamaciones a disposición de los clientes.
    • Presenta una reclamación ante Consumo: también puedes acudir al organismo de consumo de tu comunidad autónoma o presentar una denuncia online por prácticas ilegales o irregularidades por parte de la inmobiliaria.
    • Busca asesoramiento legal: si ya has pagado honorarios que no te correspondían, lo más recomendable es que contrates un abogado para que te ayude a recuperarlos por vía judicial.

    ¿Supone todo esto alguna ventaja para el propietario?

    El propietario está obligado a incluir el alquiler en su declaración de la renta. Pero los gastos de agencia, que ahora asume él, también se los puede desgravar íntegramente en su declaración. Como vemos, no todo son malas noticias para los propietarios.

    ¿Gasto o inversión para el arrendador?

    Tener que pagar a la agencia inmobiliaria puede ser un disuasivo para algunos propietarios, de eso no hay duda. Sin embargo, y a pesar de este desembolso, el alquiler de vivienda habitual sigue suponiendo una altísima rentabilidad para los propietarios, sobre todo por dos motivos:

    • A diferencia de un alquiler vacacional o temporal, los ingresos son constantes y estables, pues el inquilino permanecerá, en principio, 5 años en la vivienda, pagando religiosamente cada mes.
    • Los alquileres de vivienda habitual se benefician de grandes deducciones fiscales que, una vez más, no tienen otras modalidades de contrato. Estas deducciones son, como mínimo, del 50%, y en ciertos casos pueden llegar hasta el 90% del precio del alquiler.

    Estas son las razones económicas que hacen que un alquiler de larga estancia siga siendo rentable para los propietarios aunque ahora tengan que costear la agencia inmobiliaria.

    Pero también podríamos hablar de otras, como que suponen menos gestión (y más aún si, precisamente, cuentan con la ayuda de una agencia) o que los inquilinos suelen ser mucho más cuidadosos con la vivienda.

    En Wolo estamos convencidos de los beneficios que supone el alquiler de vivienda habitual para los propietarios, frente a los vacacionales y de temporada. Por eso, les ofrecemos un servicio de alquiler seguro gracias al cual, además de encontrarle al mejor inquilino, tienen garantizado el pago del alquiler aunque el inquilino no pague, sin esperas y por tiempo ilimitado.

    Si eres propietario de una vivienda y te gustaría alquilarla de forma cómoda y sin miedo a los impagos, descubre el Alquiler Garantizado de Wolo haciendo clic en el botón y, de paso, por qué somos la agencia inmobiliaria mejor valorada del país.

  • ¿Quién paga el seguro de impago del alquiler?

    El seguro de impago es una garantía que cada vez se está poniendo más a la orden del día en el ámbito de los alquileres urbanos. Por un lado, aporta tranquilidad al arrendador y, en muchos casos, facilita el acceso a la vivienda al inquilino.

    Pero surge la duda: ¿quién debe asumir el coste de este seguro? Veámoslo en el artículo de esta semana.

    ¿En qué consiste un seguro de impago del alquiler?

    El seguro de impago del alquiler es una póliza pensada para proteger al propietario frente a posibles impagos por parte del inquilino. Al contratar esta póliza, el arrendador se asegura el cobro de las rentas en caso de que el inquilino deje de pagar, ya sea de forma parcial o total.

    Además de cubrir las mensualidades, muchos seguros también incluyen servicios complementarios como la defensa legal en procesos de desahucio.

    Antes de formalizar la contratación, la aseguradora suele realizar un análisis de solvencia del inquilino para determinar si es apto. Este filtro puede condicionar la selección del arrendatario, por lo que conviene revisar con detalle tanto las condiciones como las garantías que ofrece la póliza al propietario.

    El seguro de impago, ¿obligatorio por ley?

    A día de hoy, la ley no obliga a contratar un seguro de impago del alquiler. Más bien, forma parte de las garantías adicionales que la Ley de Arrendamientos Urbanos permite al propietario negociar con el inquilino (Artículo 36.5), como el depósito o el aval bancario.

    Al no ser obligatorio, sino una libre negociación entre las partes, la legislación tampoco fija quién debe pagar este seguro, por lo que la contratación y el reparto del coste dependerá siempre de lo que ambas partes acuerden al firmar el contrato.

    ¿Qué ocurre en la práctica?

    Aunque no haya una norma clara al respecto, lo habitual es que el propietario contrate y pague el seguro, ya que es quien se beneficia directamente de sus coberturas.

    Además, tendría poco sentido que el inquilino contratara y fuese el beneficiario de un seguro que cubriera sus propios impagos: si no paga el alquiler, es probable que tampoco pague el seguro. El beneficiario legal siempre será el propietario de la vivienda.

    ¿Puede el propietario exigir al inquilino que lo pague?

    Además de no ser recomendable por lo dicho antes (el inquilino podría no pagar la póliza), el propietario puede negociar con el inquilino que sea él quien pague el seguro, pero no puede exigirlo. En caso de que vaya a ser el inquilino la persona que abone el seguro, se debe incluir el coste dentro del importe mensual o como un pago anual aparte.

    Por otro lado, también hay propietarios (o, más bien, aseguradoras) que, aunque no obligan al inquilino a pagarlo, sí lo obligan a reunir ciertos requisitos para que la entidad aseguradora lo acepte: contrato indefinido, antigüedad laboral, ingresos mínimos, etc.

    ¿Es legal repercutir el seguro de impago al inquilino?

    Es legal siempre que haya acuerdo previo y no se vulnere la Ley de Arrendamientos Urbanos. Pero, si se impone el pago sin negociación o sin incluirlo en el contrato, el inquilino podría considerarlo una cláusula abusiva y, por tanto, quedaría nula.

    ¿Cuánto cuesta el seguro de impago?

    Como dijimos en nuestro artículo sobre el precio del seguro de impago, existen varios factores que determinan el precio de la póliza, como son el alquiler, posibles coberturas adicionales, la solvencia del inquilino y la duración de la cobertura.

    Teniendo esto en cuenta, lo normal es que suponga entre un 3% y un 5% del importe anual de la renta, dependiendo de la cobertura por el impago del alquiler.

    El Alquiler Garantizado de Wolo, mucho más que un seguro de alquiler

    Aunque los seguros de impago de alquiler son una opción conocida, no siempre ofrecen la protección que los propietarios necesitan.

    En Wolo, por nuestra experiencia, hemos desarrollado un servicio a medida de las necesidades de los propietarios, que va más allá del seguro de impago tradicional: el Alquiler Garantizado de Wolo.

    ¿Por qué es mejor el Alquiler Garantizado de Wolo?

    • Cobertura sin límites temporales: a diferencia de los seguros convencionales que cubren entre 6 y 12 meses, nosotros te ofrecemos protección ilimitada durante todo el contrato de arrendamiento. Incluso en casos de desahucio, cubrimos la renta hasta que recuperes tu vivienda.
    • Pago inmediato desde el primer impago: sin periodos de carencia. Con Wolo, si tu inquilino deja de pagar, tú sigues recibiendo el alquiler desde el primer mes de impago, garantizando tus ingresos sin interrupciones.
    • Recuperación de la vivienda más rápida: si el inquilino incumple, iniciamos de inmediato tanto la negociación extrajudicial para recuperar la vivienda de manera voluntaria, así como el proceso judicial paralelo, para que el desahucio no se prolongue más de lo necesario.
    • Cubrimos todos los gastos legales: abogados, tasas judiciales y cualquier gasto relacionado con el desahucio o la recuperación del alquiler están completamente cubiertos por nosotros. Tú no tendrás que desembolsar nada.
    • Protección frente a daños y vandalismo: si tu vivienda sufre algún daño por parte del inquilino, nuestra cobertura incluye los costes derivados del vandalismo para que tu inversión esté siempre protegida.
    • Atención personalizada y constante: no solo te protegemos en los momentos difíciles, también te mantenemos informado en todo momento. Desde la gestión de impagos hasta cualquier cambio en las condiciones del alquiler, te acompañamos en cada etapa del proceso.

    Por todo ello, el Alquiler Garantizado de Wolo es mucho más que un simple seguro de impago: es la forma más completa y eficaz de asegurar tu alquiler.

    Si eres propietario de una vivienda y quieres obtener beneficios pasivos mes a mes sin miedo a los impagos, alquílala con Wolo y sigue viviendo con tranquilidad.

    Haz clic en el botón y descubre tú también por qué somos la plataforma de propietarios de vivienda mejor valorada del país.

  • ¿Cómo buscar y encontrar a los inquilinos ideales para tu piso?

    Alquilar una vivienda es una excelente forma de obtener ingresos extra todos los meses, pero encontrar al inquilino ideal no siempre es una tarea sencilla. El buen inquilino no solo paga puntualmente, también es quien cuida del inmueble y evita conflictos innecesarios.

    Ahora que ya estás a punto de dar el paso para poner tu vivienda en alquiler, te explicamos los 10 pasos que debes seguir para dar con el candidato o la candidata perfecta.

    1. Define el perfil del inquilino ideal

    Antes de empezar a buscar, es fundamental tener claro qué tipo de inquilino se adapta mejor a tu vivienda.

    ¿Tu inmueble es pequeño y céntrico? Quizá encaje mejor con estudiantes o jóvenes profesionales. ¿Es una vivienda más amplia en un entorno tranquilo? Las familias pueden ser tu mejor opción.

    Definir este perfil te permitirá enfocar mejor tu estrategia, eligiendo canales de promoción adecuados y destacando las características que más valoran estos perfiles.

    2. Establece un precio competitivo

    Teniendo claro el tipo de inquilino o inquilinos que deseas, debes realizar un estudio de mercado para valorar el precio del alquiler.

    Algunos de los factores que influirán en ello son la ubicación, el número de planta, la luz natural, el tamaño, el estado de conservación, los equipamientos de la vivienda e incluso los de la comunidad (ascensor, piscina, jardines, etc.). También es posible que tu vivienda esté en una zona tensionada, lo que, en ciertas circunstancias, podría fijar un límite de precio.

    Si el piso o la casa está en una zona de libertad de precios, ten en cuenta que, si fijas un alquiler demasiado alto, alejarás a potenciales interesados y tendrás que terminar bajándolo, con la consecuente pérdida de dinero por los días que el piso habrá estado vacío.

    Y al revés, si el precio que pides es muy bajo, podrías generar desconfianza o atraer a inquilinos poco comprometidos, sin contar que la rentabilidad que obtendrías sería mucho menor a la que podrías conseguir.

    3. Difunde tu anuncio en los canales adecuados

    Fijado el precio, y para llegar al mayor número de personas posible, redacta y publica un anuncio atractivo (imágenes de calidad, toda la información posible y relevante, etc.) en portales inmobiliarios o en redes sociales. No olvides enfocar la descripción a tu “inquilino objetivo”: si son familias, indica que la vivienda está cerca de colegios o de parques; si es para estudiantes, que está cerca de la universidad o de X transporte público.

    Eso sí, como medida de seguridad, no indiques la dirección exacta de tu vivienda, y jamás de los jamases que se encuentra vacía en ese momento. Esto incluye también no colocar el típico cartel de “Se alquila”: será el mayor reclamo para los okupas y los ladrones.

    4. Prepara tu vivienda para impresionar

    El estado y aspecto de la vivienda debe parecerse al máximo a como aparece en el anuncio, de lo contrario generarás desconfianza. Y no solo por eso, sino porque una vivienda en buen estado es mucho más atractiva.

    Limpia a fondo, repara desperfectos y revisa aspectos como la fontanería, la electricidad o los electrodomésticos. Considera pintar las paredes, si están muy deterioradas, para dar una sensación de amplitud y limpieza, añade pequeños detalles decorativos como cojines, plantas, etc.

    Todo esto hará que los potenciales inquilinos se decanten por tu vivienda frente a otras que ya hayan visitado.

    5. Organiza visitas presenciales

    Con la vivienda ya “como nueva”, y los primeros interesados que se han puesto en contacto contigo (puedes haber hecho una criba previa por teléfono o correo electrónico), es hora de planificar las visitas según tu disponibilidad y la suya.

    Durante la visita, destaca los puntos fuertes de la vivienda, pero también escucha atentamente las preguntas que te haga el interesado. Un inquilino que se interesa por los detalles, por mínimos que sean, suele ser alguien que valora el inmueble y se preocuparía por mantenerlo en buen estado.

    Una de las preguntas más comunes es quién se hará cargo de pagar los suministros. La ley da libertad al propietario y al inquilino para negociarlo, pero lo más fiable es que los suministros los pague el inquilino, por las razones que te contamos en este artículo.

    6. Filtra a los candidatos de forma eficiente

    En realidad, “filtrar” a los candidatos es algo que puedes hacer tanto antes como después de que el potencial inquilino haya visto la vivienda. Sin embargo, es normal que algunas personas se muestren reacias a proporcionar información legal sobre ellos sin siquiera haber hecho la visita primero.

    Por eso, lo mejor es que, durante la visita, le preguntes por su situación laboral, sus ingresos o el motivo por el que necesita alquilar la vivienda. Esta información, especialmente la laboral y la económica, deberás contrastarla mediante un estudio de solvencia, es decir, solicitarle a posteriori documentos como el contrato de trabajo, la vida laboral, la última renta y la última nómina (al menos) para comprobar si efectivamente tiene capacidad para pagar el alquiler.

    De esta forma, podrás descartar a las personas interesadas que consideras que no podrán hacer frente al pago puntual del alquiler, además de aquellas que se niegan a proporcionar esa información o no dejan claro el origen de sus ingresos.

    7. Redacta un contrato de alquiler claro y detallado

    Cuando hayas elegido al inquilino, el siguiente paso es redactar un contrato de alquiler para proteger tus derechos como propietario (y los suyos como inquilino). Aunque en España es legal alquilar una vivienda con contrato verbal, lo mejor es dejarlo todo por escrito para evitar malentendidos en el futuro.

    El contrato no solo deberá indicar cuánto y cuándo se pagará el alquiler, sino también otras cuestiones como la actualización del precio, el pago de los suministros, las reparaciones, los impuestos y las tasas, la posibilidad de subalquilar o de tener mascotas… entre otras muchas.

    El inquilino deberá abonar la fianza en el momento de la firma del contrato, una cantidad de dinero que el propietario deberá depositar en el organismo competente de la comunidad autónoma donde se encuentre la vivienda.

    8. Realiza un inventario del estado del inmueble

    Una vez firmado el contrato, es aconsejable que vuelvas a visitar la vivienda acompañado del inquilino para realizar un inventario del estado y de los equipamientos. Haz fotografías de cada estancia que demuestren las condiciones de paredes, suelos, electrodomésticos y muebles.

    Al finalizar el contrato, este inventario servirá como referencia para determinar si se ha producido algún daño que, si es el caso, deba reparar el inquilino.

    9. Entrega la documentación y las llaves al inquilino

    Ya por último, entrega una copia del contrato de alquiler y del inventario al inquilino, así como la llaves de su nueva residencia.

    Como arrendador, debes tener claro que conservas la titularidad de la propiedad de la vivienda, pero no su derecho de uso, que ahora pertenece al inquilino. En otras palabras, deberás respetar la privacidad y la intimidad del inquilino, lo que supone que no podrás entrar a la vivienda o cambiar la cerradura sin su permiso expreso.

    10. Confía en especialistas y alquila sin preocupaciones

    Acabamos de ver los principales pasos para encontrar al inquilino perfecto, pero sabemos que, en realidad, puede ser un proceso más largo y cansado de lo que parece. La falta de tiempo, el desconocimiento del sector, las prisas… pueden llevarte, de hecho, a escoger al peor inquilino de todos, una situación más común de lo que parece.

    Para evitarlo y ahorrarte quebraderos de cabeza, existen plataformas de propietarios de viviendas como Wolo, donde nos ocupamos de todos los pasos para dar con el inquilino ideal para ti, desde la fijación del precio del alquiler y la gestión de visitas hasta la entrega de llaves, pasando por la redacción de un contrato conforme a la ley que proteja tus derechos y la validación de los perfiles de los inquilinos potenciales.

    Y no solo eso: también te aseguramos el cobro del alquiler de forma puntual y por tiempo ilimitado, además de hacernos cargo del desahucio si llegara a ser necesario. Todo esto se resume en nuestro servicio de Alquiler Garantizado, una cobertura con más beneficios de los que te ofrece un seguro de impago al uso.

    ¿Quieres encontrar inquilinos para tu piso y vivir con la tranquilidad de que recibirás tu dinero todos los meses? Entonces haz clic en el botón y descubrirás por qué somos la plataforma de propietarios de vivienda mejor valorada del país.

  • Guía para propietarios: Cómo optimizar tus facturas de luz y gas al alquilar una vivienda

    Poner una vivienda en alquiler siempre es una buena manera de obtener ingresos pasivos mes a mes.

    Además del contrato de alquiler, que debe contar con todas las cláusulas legales que protejan al propietario, entre las cuestiones más importantes se encuentran los suministros de la vivienda (luz y gas), sobre todo cuando será este quien se hará cargo de ellos y no el inquilino.

    Por eso, en este artículo queremos hablar de las formas para ahorrar energía en una vivienda destinada al alquiler, un gesto que, como recuerdan desde el comparador de tarifas energéticas Hello Watt, no solo supone un beneficio para tu bolsillo, sino también para el planeta, al consumir menos energía de la que realmente se necesita.

    1. Elegir la compañía que mejor se adapte al inquilino

    Como pasa con las personas, cada compañía de luz y de gas es un mundo. Así, no todas las empresas comercializadoras y tarifas que ofrecen son iguales.

    Lo ideal es comparar las diferentes opciones que hay en el mercado, teniendo en cuenta los hábitos de consumo del inquilino (en qué franja horaria suele estar en casa, la cantidad y el tipo de electrodomésticos con los que cuenta…) y aquello que estás dispuesto a pagar. Puedes comparar las mejores tarifas de luz y de gas para este 2025 aquí.

    Al mismo tiempo, debes revisar las condiciones de contratación, es decir, las posibles permanencias y penalizaciones, sobrecostes encubiertos y cualquier otra condición con la que no estés de acuerdo: te ahorrarás dinero y, sobre todo, dolores de cabeza.

    2. Hacer la vivienda más eficiente energéticamente

    No todo va a ser elegir la tarifa de luz y de gas adecuada. Las propias condiciones físicas de la vivienda también afectan a la factura. Y mucho.

    Una vivienda más eficiente desde el punto de vista energético necesita menos aire acondicionado en verano y menos calefacción en invierno. La mayoría del calor y del frío (se estima que hasta un 30%) se escapa a través de ventanas y de puertas que cuentan con alguna grieta o espacio, o bien que no están hechas en materiales especialmente aislantes.

    Una forma fácil y económica de evitar esto es instalar burletes y bajos de puerta para tapar las rendijas, lo que ayudará a mantener la estabilidad de la temperatura interior.

    3. Instalar dispositivos de domótica

    Siguiendo con el punto de antes, controlar la temperatura de la vivienda de manera inteligente supondrá un ahorro en tus facturas.

    Para ello, la domótica es tu mejor aliada, como los termostatos programables, que permiten ajustar la calefacción, el aire acondicionado o la caldera según los horarios de uso, o los reductores de caudal en duchas y grifos, que ahorran agua caliente y, con ello, energía.

    Otro dispositivo que puede reducir la factura en unos euros son las luces automáticas, que cuentan con sensores de movimiento que las encienden y apagan cuando es necesario.

    4. Sustituir los electrodomésticos por modelos eficientes

    Reemplazar los electrodomésticos y dispositivos más “energívoros” por otros de bajo consumo también contribuirá a ahorrar en la factura de luz y de gas.

    Por ejemplo, una buena opción es cambiar las bombillas incandescentes por bombillas de LED, que gastan hasta un 80% menos de energía que las otras y, además, duran más tiempo.

    Igualmente, los electrodomésticos con etiqueta A+++ consumen menos energía que los modelos antiguos, por lo que hacer esta inversión puede suponer un ahorro bastante elevado.

    5. Aprovechar la luz natural

    Aunque esto no siempre es posible, ya que hay viviendas interiores o bajos donde la luz natural es más bien escasa, es otro factor que debemos tener en cuenta.

    En los casos en que sí sea físicamente posible, mantener las cortinas y las persianas abiertas en las horas de más sol evitará tener que encender bombillas innecesarias, un gasto extra que puede ser muy elevado si, como dijimos antes, son bombillas incandescentes y no de LED.

    6. Fomentar el uso responsable entre los inquilinos

    Aunque las medidas vistas hasta ahora rebajarán el importe de tu factura de luz y de gas, el inquilino sigue siendo el pilar fundamental: de poco servirán estas formas de ahorro si no van de la mano de la concienciación de la persona que reside en la vivienda.

    Debes hablar con el inquilino para que tome conciencia de la importancia del ahorro energético, para que adapte su rutina y sus hábitos de consumo.

    Así, debe tener en cuenta pequeños gestos como apagar las luces de lugares de la casa donde no se encuentre, desconectar los electrodomésticos en standby, lavar con agua fría siempre que sea posible, no poner la calefacción ni el aire acondicionado demasiado altos y, en general, cualquier práctica que permita ahorrar energía sin que afecte a su comodidad y calidad de vida.

    A modo de último consejo, revisa siempre las facturas de la luz y del gas, así podrás comprobar mes a mes si se han producido subidas importantes, para tomar las decisiones pertinentes como, por ejemplo, cambiar de comercializadora de energía a una que te ofrezca mejores precios o condiciones (Más información).

    ¿Ya has decidido qué compañía de luz y de gas vas a contratar? Entonces, solo te queda recurrir a Wolo para alquilar tu vivienda, los únicos que te ofrecemos un servicio de Alquiler Garantizado: cobrarás puntualmente mes a mes, sin límite de tiempo y aunque tu inquilino no pague.

    Haz clic para saber más sobre este servicio y descubrirás por qué somos ya la plataforma de propietarios de viviendas mejor valorada del país.