Consejos para alquilar piso

Si lo que buscas es un alquiler rápido y seguro, priorizando tu tranquilidad, aquí te dejamos una serie de consejos para alquilar tu piso.

  • Aval solidario para el alquiler: qué es y cómo funciona

    En el ámbito de los alquileres urbanos, la ley reconoce que el propietario puede negociar con el inquilino una serie de garantías financieras adicionales, como es el depósito y el aval bancario. Sin embargo, existe otra garantía que el propietario puede exigir, como es el aval solidario.

    Pero ¿qué es exactamente un aval solidario y cómo funciona? En este artículo de nuestro blog te explicamos todo lo que necesitas saber sobre él.

    ¿Qué es un aval solidario?

    El aval solidario es un compromiso legal que asume una persona (avalista) para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del inquilino en un contrato de alquiler. Esto incluye no solo el pago de la renta mensual, sino también otros gastos asociados como suministros, reparaciones y posibles daños al inmueble.

    La figura del avalista solidario debe aparecer en el contrato de alquiler, el cual también tendrá que firmar esta persona. Mediante esta cláusula, se regulan sus obligaciones para con el propietario y, muy importante, el periodo de tiempo por el que será avalista del inquilino.

    ¿Cómo funciona un aval solidario en alquiler?

    El funcionamiento del aval solidario se basa en un acuerdo previo entre el propietario, el inquilino y el avalista, que se formaliza en el contrato de alquiler.

    Así, el avalista se compromete a:

    • Hacerse cargo de la renta si el inquilino no paga el alquiler.
    • Asumir los gastos adicionales que el contrato especifique, como suministros o gastos de comunidad.
    • Responder ante posibles daños ocasionados en la vivienda.

    La duración del aval debe quedar claramente estipulada en el contrato. Por lo general, el avalista sigue siendo responsable mientras el contrato de alquiler esté vigente, incluyendo prórrogas automáticas si no se especifica lo contrario.

    No obstante, también se puede indicar que solo será avalista durante el tiempo que dure el contrato, quedando libre de sus obligaciones una vez que el contrato entre en prórroga. En caso de incumplimiento por parte del inquilino, el propietario puede reclamar directamente al avalista. Este paso no requiere agotar previamente otras vías legales, lo que simplifica el proceso para el propietario, pero incrementa el riesgo para el avalista.

    Ventajas del aval solidario para el alquiler

    Para el propietario

    • Mayor seguridad: garantiza el cobro de las mensualidades y otros gastos.
    • Simplicidad en la reclamación: el propietario puede dirigirse directamente al avalista sin necesidad de gestionar procesos largos.
    • Confianza en el contrato: facilita el cierre de acuerdos de alquiler.

    Para el inquilino

    • Facilita el acceso al alquiler: en casos donde el inquilino no tiene solvencia suficiente, contar con un aval solidario puede permitirle alquilar la vivienda.
    • Flexibilidad en la negociación: puede sustituir el pago de otras garantías, como el depósito de alquiler o el aval bancario.

    ¿Qué riesgos y responsabilidades tiene el avalista solidario?

    Ser avalista solidario es una gran responsabilidad, y no debe tomarse a la ligera. Entre los principales riesgos destacan:

    Responsabilidad ilimitada

    El avalista responde con todo su patrimonio presente y futuro. Esto significa que, si el inquilino incumple, podría enfrentarse a reclamaciones legales que afecten tus bienes o ingresos.

    Falta de control

    El avalista no tiene control directo sobre el cumplimiento del inquilino: si este incumple, será responsable sin importar las circunstancias. No obstante, lo más común es que el avalista sea alguien de confianza del inquilino, como un familiar o un amigo cercano.

    Riesgo de prolongación

    Si el contrato de alquiler se prorroga automáticamente, la responsabilidad también podría extenderse, a menos que se indique lo contrario en el contrato.

    ¿Cómo protegerse al ser avalista solidario?

    Si decides ser avalista solidario, es importante tomar ciertas precauciones para minimizar los riesgos:

    1. Leer detenidamente el contrato: antes de firmar, revisa el contrato de alquiler y asegúrate de que las condiciones del aval estén claramente especificadas. Busca cláusulas que limiten tu responsabilidad o la duración del aval.
    2. Negociar términos: intenta incluir límites a tu responsabilidad o condiciones específicas para evitar prolongaciones automáticas.
    3. Solicitar información del inquilino: asegúrate de que el inquilino tiene una fuente de ingresos estable y solvente antes de comprometerte como avalista.

    Alternativas al aval solidario en alquiler

    En algunos casos, el aval solidario no es la única opción. Existen alternativas que pueden ofrecer garantías al propietario sin implicar los mismos riesgos para el avalista.

    La primera son los seguros de impago de alquiler, que protegen al arrendador cubriendo las mensualidades en caso de incumplimiento del inquilino. Pero, a diferencia del avalista, la entidad aseguradora suele pagar una vez que han pasado varios meses de impago, y la cobertura es limitada.

    Por otra parte, está el depósito del alquiler, una cantidad monetaria que el inquilino puede pagar a modo de complemento a la fianza. Es importante saber que la cantidad del depósito nunca puede ser superior a los dos meses de renta, si el alquiler es para una persona física.

    El Alquiler Garantizado de Wolo, la tercera y mejor alternativa para los propietarios

    Existe una tercera opción, mucho mejor que las anteriores, y es el Alquiler Garantizado de Wolo, una forma de alquiler seguro para los propietarios que tienen miedo de dejar de percibir el dinero que les corresponde.

    A diferencia de los seguros de alquiler, nosotros ofrecemos a los propietarios cobertura ilimitada y sin tiempo de espera: recibirán su dinero desde el primer día de impago y sin necesidad de reclamar, ya que nuestro equipo actúa nada más detectar el impago.

    Además, también cubrimos al propietario en caso de desahucio (la renta y los gastos judiciales), pagándole todo el tiempo que sea necesario hasta que se produzca el desahucio y recupere la vivienda, algo que no ofrecen los seguros de impago ni avales del tipo que sean.

    Si estás pensando alquilar tu vivienda, ya sabes que puedes respaldarte con varias garantías adicionales, pero solo el Alquiler Garantizado de Wolo te protege por completo, pase lo que pase y por tiempo indefinido.

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  • ¿Se puede alquilar un piso a personas extranjeras?

    Alquilar un piso a extranjeros es cada vez más común, especialmente en ciudades grandes con mucha presencia de ellos (Barcelona, Madrid, Málaga…). En general, el proceso para alquilar una vivienda a un extranjero es el mismo que para un español, solo hay que tener presentes unas pequeñas diferencias que te contamos en este artículo.

    ¿Por qué el propietario querría alquilar el piso a un extranjero?

    En realidad, alquilar el piso a una persona extranjera es una opción que el propietario debería tener en cuenta, sobre todo si el inquilino procede de países intracomunitarios donde la renta per cápita es más elevada que en España.

    Dicho de otra forma, podría tratarse de inquilinos con un poder adquisitivo mayor y, así, con mayor solvencia económica, por lo que el propietario podría sacar más rédito al alquilar su vivienda a este tipo de ciudadanos.

    ¿Qué hay que pedir para alquilar un piso a un extranjero?

    Es fundamental asegurarse de que el inquilino extranjero cuenta con la documentación adecuada y pueda demostrar su solvencia financiera. Los documentos necesarios son:

    NIE o pasaporte

    El Número de Identificación de Extranjero (NIE) o el pasaporte es necesario para formalizar el contrato de alquiler. La persona extranjera debe contar con el NIE si piensa residir en España durante un periodo considerable de tiempo, lo que sería el caso en un alquiler de larga estancia.

    Cuenta bancaria en España

    Si bien no es obligatorio en todos los casos, es recomendable que el inquilino extranjero tenga una cuenta bancaria en España para facilitar el pago de las mensualidades y evitar inconvenientes con las transferencias internacionales (demora en el pago, comisiones entre bancos, etc.).

    Análisis de solvencia

    Al igual que con cualquier inquilino, hay que llevar a cabo un análisis de solvencia que incluya la presentación de nóminas, contratos de trabajo o extractos bancarios que demuestren la capacidad del inquilino para cumplir con el pago del alquiler.

    ¿Cómo alquilar el piso a una persona extranjera?

    Para alquilar a una persona extranjera, hay que seguir un proceso similar al de cualquier inquilino.

    Asegúrate de que el contrato de alquiler esté correctamente redactado y que especifica claramente todas las condiciones, como la duración del alquiler, el importe y las responsabilidades de ambas partes.

    Si se trata de una persona que no habla español, debes asegurarte de que comprenda bien todas las cláusulas para evitar malentendidos. Por ejemplo, puedes recurrir a los servicios de un traductor jurado que se encargue de traducir el contrato a su idioma, o bien contar con la ayuda de un intérprete in situ que le explique claramente sus derechos y sus obligaciones como inquilino.

    En definitiva, el proceso solo difiere en el “impedimento” del idioma y en la necesidad de solicitar el pasaporte en vez del DNI.

    ¿Se puede alquilar un piso a extranjeros sin permiso de residencia?

    Lo cierto es que sí, es perfectamente legal alquilar el piso a un extranjero sin NIE y sin permiso de residencia. De hecho, esto sería beneficioso para el propio inquilino, ya que contar con un contrato de alquiler le permitirá realizar trámites administrativos, como el empadronamiento y, más tarde, el permiso de residencia.

    Sin embargo, esa persona sí que deberá contar con un pasaporte en vigor, pues es necesario que acredite su identidad y su entrada legal en España, aunque no tenga el permiso de residencia.

    Los derechos y las obligaciones de los inquilinos extranjeros

    Los inquilinos procedentes de un país extranjero tendrán las mismas obligaciones y derechos que cualquier otro inquilino de larga estancia.

    En cuanto a las obligaciones, entre otras, el pago puntual del alquiler, no realizar obras en la vivienda sin permiso del dueño, no llevar a cabo actividades molestas, insalubres, etc. Por la parte de los derechos, tendrá derecho a la privacidad y la intimidad, a disfrutar de una vivienda en condiciones habitables, a empadronarse en la dirección en cuestión, etc.

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  • ¿Cómo cambiar la compañía de luz siendo inquilino?

    Cuando un inquilino accede finalmente a la vivienda que acaba de alquilar, a veces solo piensa en cómo organizar la mudanza y dónde recolocará todas sus pertenencias. Sin embargo, muchos se olvidan de un trámite básico que les afecta directa y únicamente a ellos: ¿cómo cambiar la compañía y la titularidad de la luz?

    Efectivamente, lo más común es que en un alquiler (al menos, en el caso de viviendas, no de habitaciones) sea el inquilino quien se haga cargo de los suministros, lo que también suele implicar que sea él mismo quien realice los trámites para ponerla a su nombre.

    En este artículo de nuestro blog vamos a explicar todo lo que el inquilino debe saber para cambiar la compañía y/o la titularidad de la luz.

    Diferencias entre una distribuidora y una comercializadora

    Antes de nada, hay que tener clara la diferencia entre una distribuidora y una comercializadora de luz.

    La distribuidora es la compañía que se encarga de la gestión de las infraestructuras que permiten producir y llevar físicamente el suministro eléctrico hasta los hogares (instalación, mantenimiento, reparación, etc.). La distribuidora no se puede elegir, sino que, dependiendo de en qué parte de España se encuentre la vivienda, se tendrá asignada una u otra. Por ejemplo, en Cataluña, Baleares y prácticamente toda Andalucía, la distribuidora es Endesa.

    Por su parte, la comercializadora es la empresa que se encarga de comprar la electricidad a las distribuidoras, darle el suministro al usuario y facturarle por ello. La comercializadora sí se puede elegir libremente según nuestras necesidades energéticas o nuestros recursos económicos, y en el mercado existen multitud de opciones disponibles (aunque, en realidad, las distribuidoras también actúan como sus propias comercializadoras).

    ¿Por qué es importante cambiar el titular de la luz como inquilino?

    Cuando te mudas a una vivienda de alquiler, cambiar el titular de la luz es fundamental, ya que te hace responsable del contrato y del pago de las facturas de electricidad. De lo contrario, el propietario o el anterior inquilino seguiría a cargo del servicio, lo que puede generar inconvenientes.

    El cambio de compañía de luz te permite elegir la tarifa que mejor se ajuste a tus hábitos de consumo, optimizando así tus gastos energéticos. Igualmente, en caso de ser autónomo y tener asignada una superficie de la vivienda como tu lugar de trabajo, necesitarás que la factura de la luz (y otras que afecten directamente a tu actividad laboral) estén puestas a tu nombre, si quieres desgravarlas cuando llegue el momento de declarar tu renta como inquilino.

    ¿Qué debes tener en cuenta a la hora de elegir la compañía?

    Analiza tu consumo y necesidades

    El primer paso es revisar tu consumo energético (horarios, número de electrodomésticos, etc.) y comparar las tarifas disponibles en el mercado. Muchas veces, cambiar a una compañía con tarifas más económicas o adaptadas a tu perfil de consumo puede reducir notablemente la factura.

    En general, en una vivienda con lavadora, lavavajillas, cocina eléctrica y frigorífico (los electrodomésticos que más consumen), la potencia que se necesita es de 3,3 kW. Si también contamos con otros electrodomésticos como el aire acondicionado o caldera eléctrica, es posible que necesitemos algo más de potencia, 5,5 kW.

    Compara tarifas y ofertas

    Utiliza comparadores online para encontrar la oferta que mejor se ajuste a ti. Ten en cuenta factores como el precio del kWh, los servicios adicionales y la atención al cliente. También es importante verificar si existe permanencia o penalizaciones, por si en un futuro decidieras volver a cambiar de compañía eléctrica.

    ¿Cómo realizar el cambio de compañía de luz?

    Cambiar de compañía eléctrica es sencillo. Tan solo debes contactar con la comercializadora que hayas elegido, ya sea por teléfono o internet, y facilitar una serie de datos relativos al nuevo titular y la vivienda:

    • Datos del titular: nombre completo y DNI del inquilino.
    • Datos de contacto: número de teléfono y correo electrónico.
    • Dirección del suministro: dirección exacta de la vivienda.
    • Datos bancarios: número de cuenta donde el nuevo titular quiere domiciliar la factura de la luz.
    • CUPS: es un identificador del punto de suministro de luz, compuesto por letras y números. Este número aparece en la factura actual, pero lo más normal es que la nueva comercializadora ya tenga esta información.

    Con esto, la nueva compañía se ocupará de gestionar el cambio con la antigua comercializadora, sin que, en principio, el inquilino tenga que hacer nada más. Es importante saber que el cambio de titularidad/compañía de luz no supone un corte en el suministro eléctrico de la vivienda.

    ¿Cuánto tarda y cuánto cuesta el cambio de luz?

    El cambio de compañía suele tardar entre 15 y 20 días hábiles, ya que depende del ciclo de facturación, y el proceso es completamente gratuito.

    Sin embargo, si en el contrato actual hay cláusulas de permanencia, podría haber una penalización por romper el contrato antes de tiempo. Asegúrate de revisar estas condiciones y, si existen, de comunicárselo al titular actual del contrato de luz.

    ¿Puedes cambiar de compañía de luz si hay facturas pendientes?

    En el caso de que haya facturas pendientes (por parte del propietario o del inquilino anterior), no podrás cambiar de compañía como nuevo inquilino mientras estas no se abonen. Ante esta situación, deberás ponerte en contacto con el titular del contrato de suministro y exigirle, siempre educadamente, el pago de la deuda pendiente.

    ¿Puedes dar de baja los suministros al abandonar la vivienda?

    Hasta ahora hemos hablado de cambiar la compañía de luz, que es diferente de dar de alta el suministro (es decir, cuando la vivienda no tiene electricidad).

    Aunque legalmente sí podría darlos de baja, pues el contrato está a su nombre, en los contratos de alquiler suele especificarse que el inquilino no podrá dar de baja el suministro de luz cuando abandone la vivienda, ya que esto supondría volver a darlo de alta, lo que sí conlleva un coste.

    Cuando el inquilino se marcha definitivamente de la vivienda, lo normal es que la titularidad de la luz vuelva al propietario, a menos que ya se cuente con un próximo inquilino y se haya gestionado con él este cambio.

    En cuanto al propietario, en caso de que los suministros estén puestos a su nombre (poco aconsejable) y el inquilino no los pagara, no podrá darlos de baja o podría tratarse de un delito de coacciones para forzar la marcha de este.

    El alquiler gestionado de Wolo

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    Por supuesto, y pensando en el bienestar y la tranquilidad del propietario y del inquilino, contamos con un departamento jurídico encargado de redactar un contrato de alquiler con todas las cláusulas que hagan de la relación propietario-inquilino un acuerdo mutuamente beneficioso.

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  • ¿Es obligatorio empadronarse si estás de alquiler?

    Empadronarse es una gestión importante para cualquier ciudadano, ya que pasa a formar parte del censo municipal y confiere el acceso a ciertos servicios públicos que no se tendrían en caso de no estar empadronado.

    Sin embargo, cuando se vive de alquiler, no todo el mundo se empadrona (especialmente si va a residir poco tiempo en la ciudad, como es el caso de los estudiantes). Pero hay que saber que es obligatorio empadronarse incluso si se vive de alquiler y que, de no hacerlo, podemos arriesgarnos a multas administrativas.

    En este artículo del blog de Wolo te explicamos todo lo que debes saber sobre empadronarse en el caso de los inquilinos.

    ¿Qué es el padrón?

    El padrón es el registro oficial que acredita tu residencia en un municipio. Es obligatorio estar empadronado en el municipio donde se resida la mayor parte del año. Si vives de alquiler, esto también te aplica, aunque no siempre está claro cómo funciona el proceso en esta situación.

    Ventajas de empadronarse

    Además de ser obligatorio, empadronarse mientras vives de alquiler supone numerosos beneficios. Así, el empadronamiento te facilita trámites importantes como:

    • Solicitar o renovar el DNI y pasaporte.
    • Renovar el carné de conducir.
    • Acceder a ayudas sociales.
    • Matricular a tus hijos en escuelas.
    • Obtener asistencia sanitaria.
    • Matricular tu vehículo.
    • Ejercer tu derecho a voto en elecciones municipales e incluso autonómicas.

    Si no te empadronas, deberás realizar estos trámites en el lugar donde sigas registrado. Dependiendo del municipio, el empadronamiento se podrá hacer de manera presencial (en el ayuntamiento o el organismo municipal competente) o bien telemáticamente.

    ¿En qué situaciones pueden solicitar el certificado de empadronamiento?

    El volante de empadronamiento es suficiente para la mayoría de los trámites cotidianos, pero en algunas situaciones se requiere el propio certificado de empadronamiento, que es un documento más oficial. Entre los casos en los que te lo pueden solicitar están:

    • Trámites de herencias.
    • Procedimientos con organismos militares.
    • Autoridades extranjeras.
    • Registros oficiales.
    • Ingresos en centros penitenciarios.
    • Reconocimiento de situación de dependencia.
    • Procesos en centros universitarios.

    ¿Cómo empadronarse siendo inquilino?

    Si vives en alquiler, el proceso para empadronarte es sencillo, pero necesitarás aportar una serie de documentos que acrediten tu identidad y tu residencia.

    Documentación de la persona

    Para empadronarse, la documentación necesaria dependerá de la nacionalidad de la persona interesada en hacer este trámite:

    • Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
    • Ciudadanos de la UE, Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein: tarjeta de residencia, pasaporte o documento de identidad del país de origen. Si presentan el NIE, debe ir acompañado de su documento de identidad o pasaporte.
    • Extranjeros de otros países: tarjeta de residencia o pasaporte.

    Documentación de la vivienda

    La documentación de la vivienda podría variar en función del municipio, pero, en líneas generales, se requiere un contrato de alquiler vigente de duración superior a los seis meses. Si la duración es inferior, se solicitará el contrato más una prórroga explícita. De esta forma, el inquilino demuestra que reside donde afirma residir.

    En otros casos, también es posible empadronarse solo mediante la presentación de las últimas facturas domiciliadas a nombre del inquilino y en la dirección de la vivienda (agua, luz, gas…), pero dependerá de los requisitos establecidos en cada municipio.

    ¿Es posible empadronarse sin tener la documentación de la vivienda?

    Por último, según la situación, si no se tienen facturas domiciliadas ni contrato de alquiler vigente, es posible que el propietario firme al inquilino una autorización de empadronamiento, por la que demuestra que vive en su propiedad.

    ¿Qué ocurre si no te empadronas en tu residencia habitual?

    No empadronarte en tu residencia habitual puede acarrearte algunos problemas. Desde no poder acceder a ciertos servicios públicos hasta enfrentarte a dificultades a la hora de realizar trámites administrativos.

    La ley, además, establece sanciones si no te inscribes en el padrón del municipio donde realmente vives. Así, y dado que seguirías registrado en un municipio diferente, la administración podría considerarlo como un falso empadronamiento, lo que, por ejemplo, te permitiría beneficiarte ilegítimamente (a riesgo de sanciones) de ventajas que no tendrías en el municipio actual (tramos autonómicos del IRPF, por ejemplo).

    Por el falso empadronamiento, puedes recibir multas de una cuantía que oscila entre los 3€ (en los municipios de hasta 20.000 personas) y los 150 € (en los municipios con más de 500. 000 habitantes).

    ¿Puede el propietario desempadronar al inquilino después de su marcha del piso?

    En nuestro post sobre la posibilidad de desempadronar forzosamente al inquilino, ya dijimos que es responsabilidad del inquilino volver a empadronarse en la nueva dirección donde resida, en caso de haber abandonado el piso que tenía alquilado.

    No obstante, el propietario también cuenta con herramientas para desempadronar al inquilino que aún está registrado en su vivienda, más que nada para ahorrarse problemas administrativos y fiscales que podrían surgirle.

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  • ¿Qué derechos tienen los okupas en España?

    A diferencia de otros países de la Unión Europea, la ley en España es bastante permisiva con los okupas, es decir, con las personas que acceden a una casa o un piso que no es vivienda de nadie con intención de vivir en él.

    Justamente, el hecho de acceder al inmueble convierte el piso vacío en su vivienda, por lo que el propietario no puede expulsar a los okupas por sus propios medios.

    En definitiva, los okupas adquieren una serie de derechos que los protegen a pesar de haber cometido un delito de usurpación de bienes inmuebles, que es el término jurídico para referirse a la okupación (a diferencia del allanamiento de morada, que se produce cuando se invade la vivienda de alguien).

    ¿Por qué los okupas adquieren derechos sobre la propiedad ajena?

    La razón de que los okupas, a pesar de no ser propietarios ni inquilinos, adquieran una serie de derechos sobre la vivienda hay que buscarla en el Artículo 18 de la Constitución Española: “El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”.

    Aunque con el matiz de que, propiamente hablando, el “titular” es el propietario y no el okupa, este artículo reconoce la propiedad invadida como la vivienda del okupa a todos los efectos, y nadie, ni siquiera el propietario, puede entrar a ella sin permiso de los moradores, los okupas, o una orden judicial.

    ¿Cuáles son los derechos de los okupas?

    Como hemos dicho antes, al tratarse de su vivienda habitual, los okupas adquieren una serie de derechos, que son:

    1. Derecho a considerar el inmueble como su residencia en cuanto cambian la cerradura. Además, una práctica frecuente es pedir comida a domicilio o hacer compras por internet, con el objetivo de demostrar que, efectivamente, viven en ese piso o esa casa.
    2. Derecho a la intimidad y a la privacidad. Una vez más, el Artículo 18 de la Constitución también reconoce el derecho a la intimidad y a la privacidad que emanan del hecho de encontrarse “en casa”. Esto implica, por ejemplo, que el propietario no puede forzar la cerradura para acceder a la vivienda.
    3. Derecho a no ser desalojados sin una orden judicial. Como ocurre con cualquier persona, el único contexto en que se podría desalojar sin una orden judicial es en caso de estar cometiendo un flagrante delito. Esto es, cuando la persona es sorprendida en el momento justo de cometer el delito o si es perseguida y detenida justo después de cometerlo.
    4. Derecho a disfrutar de los suministros de la vivienda. Los okupas tienen derecho a seguir disfrutando de agua, luz y gas, los suministros básicos de una vivienda. Y la persona que los pague (incluido el propietario) tiene la obligación de seguir haciéndolo.

    ¿Qué pasa si el propietario atenta contra los derechos de los okupas?

    Vistos los derechos de los okupas, en el lado opuesto, el propietario (o cualquier otra persona) puede ir en contra de ellos de cuatro formas: cambiando la cerradura, accediendo a la vivienda sin permiso de los okupas, echándolos por la fuerza (si es físicamente posible) o cortando los suministros.

    En primer lugar, si el propietario cambia la cerradura o corta los suministros, podría ser acusado de delito de coacción, es decir, acciones que persiguen forzar la marcha de los okupas. Este delito, en los casos más graves, se castiga con 3 años de prisión, y en los más leves, con multas de 12 a 24 meses.

    En segundo lugar, si el propietario accede forzosamente a la vivienda (tanto si consigue echar a los okupas a la fuerza como si no), estaría cometiendo un delito más grave, el allanamiento de morada, lo que se castiga con hasta 4 años de cárcel, en los casos más graves (intimidación, violencia, etc.).

    ¿Cuáles son los principales “objetivos” de los okupas?

    El allanamiento de morada se produce cuando el intruso accede a un piso o casa que es la residencia de alguien. En cambio, la okupación se produce cuando se entra en inmuebles que no tienen carácter legal de residencia.

    Esto hace que los inmuebles con mayores probabilidades de ser okupados sean los pisos abandonados, los pisos en construcción, los pisos vacíos embargados y los pisos vacíos de particulares.

    Existen ciertas medidas físicas para evitar a los okupas, como la instalación de puertas blindadas, una buena alarma para hogar o equipos de domótica que finjan que el piso está habitado. Sin embargo, este tipo de barreras no siempre son efectivas, por lo que la manera más fiable de evitar la okupación es, de hecho, hacer que la intrusión no sea una okupación, sino un allanamiento de morada.

    El alquiler de larga temporada, la mejor solución para evitar a los okupas

    En el caso de los pisos vacíos de particulares, el alquiler es el mejor seguro antiokupas por varios motivos:

    • El piso se convierte en la residencia del inquilino, por lo que, en caso de intrusión, sería un allanamiento y no una okupación. De esta forma, la policía sí que podría desalojar a los intrusos sin necesidad de orden judicial y lo más pronto posible.
    • Un piso alquilado tiene una probabilidad mucho más baja de ser okupado, ya que las señales de que está habitado disuaden a los posibles intrusos, quienes conocen las consecuencias de cometer un allanamiento.
    • El inquilino informa al propietario del estado de la vivienda, así como de cosas sospechosas y de posibles intentos de intrusión. Una ventaja si el propietario vive en otra ciudad.

    Por supuesto, aparte de las ventajas antiokupación de alquilar tu piso, recibes ingresos pasivos constantes y te beneficias de ventajas fiscales que no tendrías, por ejemplo, si dejas el piso vacío o lo destinas a alquiler vacacional o temporal.

    Wolo, tu alquiler garantizado y gestionado

    En Wolo te ofrecemos una forma de alquiler seguro que va desde la búsqueda de inquilinos ideales hasta la gestión completa del alquiler, incluido el proceso de desahucio, si llegara a ser necesario.

    Así, con nuestro servicio de Alquiler Garantizado, recibirás tu dinero puntualmente todos los meses aunque el inquilino no pagara, ya que nosotros nos hacemos cargo de su deuda.

    Si eres propietario de un piso vacío y temes que te lo okupen o tienes miedo a los impagos, alquílalo con Wolo y despreocúpate: estarás en manos de la plataforma de propietarios de vivienda mejor valorada del país.

  • ¿Cómo evitar a los okupas? Consejos para alejarlos de tu vivienda

    Si algo les quita el sueño a los propietarios de viviendas, eso es, por un lado, los inquilinos morosos y, por el otro, los okupas. De hecho, entre los okupas existe el conocido como “Manual de okupación”, donde se explican todos los pasos para entrar en un inmueble y quedarse a vivir en él sin el consentimiento del legítimo propietario.

    Por eso, en este post te contamos qué debes hacer para evitar al máximo a los okupas. Pero, antes, hay que tener clara la diferencia entre la okupación y el allanamiento de morada, ya que son delitos con diferentes implicaciones legales y penales.

    Diferencia entre okupación y allanamiento de morada

    La okupación

    La okupación consiste en invadir una propiedad ajena que no es residencia ni vivienda de nadie. Es decir, se refiere a pisos vacíos, en desuso o en construcción.

    Este delito, que no existe como “okupación” en el Código Penal, es, por tanto, la usurpación de bienes inmuebles, se castiga con multas de 3 a 6 meses y se necesita una orden judicial para expulsar a los okupas.

    El allanamiento de morada

    En cambio, el allanamiento de morada hace referencia a la invasión de un inmueble que sí es vivienda de un tercero (residencia habitual), ya sea el propietario, el inquilino o cualquier otra persona con permiso para vivir ahí.

    Este delito atenta contra el derecho a la inviolabilidad del domicilio, por lo que es más grave que la okupación. Así, se castiga con pena de prisión de seis meses a dos años en los casos “más leves” (sin violencia, sin intimidación, etc.). Si existen estos agravantes, la pena puede llegar hasta los cuatro años de cárcel.

    Por último, a diferencia de la okupación, la policía sí puede desalojar a los intrusos sin necesidad de orden judicial, pues implica la comisión de un flagrante delito.

    Consejos para evitar a los okupas

    Visto lo anterior, ya sabemos que al hablar de “okupa” nos referimos a la persona que entra en un piso donde, al menos legalmente, no vive nadie. De ahí el peligro de contar con viviendas vacías, pues son los principales objetivos de los okupas.

    Para evitarlos, lo mejor que puedes hacer como propietario es aplicar los siguientes consejos:

    No desveles datos sobre el estado de la propiedad

    Lo primero que hacen los okupas es reunir información sobre la vivienda. Por ejemplo, consultan en internet si el piso está vacío, preguntan a los vecinos o incluso se fijan en los clásicos carteles de “Se vende” o “Se alquila”.

    Por tanto, no coloques dichos carteles y, en los anuncios de venta o alquiler puestos en la web, nunca menciones que la vivienda está vacía o que quien vive en ella se marcha tal día.

    Instala alarmas y cámaras de seguridad

    Existen muchas compañías de seguridad que ofrecen soluciones para vigilar remotamente la propiedad.

    Con la instalación de alarmas antiokupas para hogar y cámaras de seguridad, que puedes controlar a través de una simple aplicación en el móvil, estarás informado en todo momento de si se produce un intento o un acceso a la propiedad. Igualmente, la colocación de carteles que informan de la presencia de una alarma o cámara es un elemento disuasorio.

    Automatiza la vivienda con domótica

    Como en el caso de las alarmas y las cámaras, la tecnología es una gran aliada de los propietarios con viviendas vacías.

    Así, los equipamientos domóticos permiten fingir que en el piso vive alguien, como son los dispositivos que suben y bajan persianas, o los que apagan y encienden luces, sobre todo. La impresión exterior de que la vivienda está habitada también disuade a los posibles okupas.

    Entrega una copia de las llaves a alguien de confianza

    Si no tienes opción o presupuesto para domotizar la vivienda, lo mejor es recurrir a la tradición de dar una copia de las llaves a alguien de confianza para que “le eche un ojo” al piso. Por ejemplo, y como haría la domótica, subir y bajar las persianas, encender luces o, directamente, dejarse ver con frecuencia por el vecindario para fingir que vive ahí.

    Instala una puerta blindada

    Si la puerta de la vivienda es antigua o está deteriorada, es muy recomendable cambiarla por una puerta blindada con cerradura antiokupas.

    Al estar diseñadas para dificultar al máximo la entrada a la vivienda, podrías ganar unos valiosos segundos para que, por ejemplo, un vecino avisara a la policía si oye a los okupas intentando forzar la cerradura.

    Deja enseres personales en el piso

    Aunque el inmueble no sea tu residencia habitual (por ejemplo, puede ser una residencia vacacional), deja siempre muebles y enseres personales en él: ropa, libros, fotografías, productos de aseo e higiene, etc. Es una forma de demostrar que pasas al menos unos días del año en la vivienda, por lo que la justicia, en caso de invasión, podría considerarlo un allanamiento y no una okupación.

    Dicho esto, si por desgracia llegara a producirse la okupación, y a pesar del estrés y la frustración que ello supone, recuerda que debes evitar cortar los suministros, cambiar la cerradura o recurrir a la violencia para echar a los okupas. Estos comportamientos se consideran formas de coacción que solo te perjudicarían cuando tuviera lugar el juicio para desalojar a los okupas.

    La mejor forma de evitar a los okupas: el alquiler de larga duración

    Además de las pautas de comportamiento y de las medidas físicas que hemos mencionado, el mejor seguro antiokupas es alquilar la vivienda vacía. Y las razones son varias:

    • El piso se convierte en la residencia del inquilino, por lo que, en caso de intrusión, sería un allanamiento y no una okupación. De esta forma, la policía podría desalojar a los intrusos sin necesidad de orden judicial.
    • Un piso alquilado tiene una probabilidad mucho más baja de ser ocupado, ya que las señales de que está habitado disuaden a los posibles intrusos (luces, ventanas abiertas, etc.).
    • El inquilino informa al propietario del estado de la vivienda, así como de cosas sospechosas y de posibles intentos de intrusión. Una ventaja si el propietario vive en otra ciudad.
    • Por supuesto, aparte de las ventajas antiokupación de alquilar tu piso, recibes ingresos pasivos constantes y te beneficias de ventajas fiscales que no tendrías, por ejemplo, si dejas el piso vacío o lo destinas a alquiler vacacional o temporal. (Ventajas del alquiler de larga estancia frente al vacacional).

    ¿Y cómo evitar que el inquilino se convierta en okupa?

    Hace tiempo hablamos del fenómeno de la inquiokupación, que es cuando un inquilino legal se convierte en okupa de la vivienda alquilada.

    Sin embargo, la manera de protegerse de inquiokupas es alquilar tu vivienda con plataformas que te ofrezcan formas de alquiler seguro y que además se ocupen de todo el proceso de desahucio, si fuera necesario.

    Actualmente, la única plataforma que te ofrece ambas soluciones es Wolo, gracias a nuestro servicio de Alquiler Garantizado: tú cobras mes a mes pase lo que pase, y “pase lo que pase” también incluye los meses de impago hasta que se produjera el desalojo del inquilino, algo que puede alargarse hasta dos años.

    Evita a los okupas y a los inquiokupas alquilando tu vivienda con la plataforma de propietarios mejor valorada del país. ¡Haz clic en el botón y te contamos todas las ventajas que te ofrecemos en Wolo!

  • Estudio de solvencia: qué es y cómo se hace para elegir al inquilino ideal

    A la hora de alquilar un piso, uno de los mayores miedos que tendrás como propietario es encontrarte con un inquilino moroso. Sin embargo, existe una herramienta muy útil que te ayudará a elegir al candidato ideal y evitar así esa indeseable situación.

    Esta herramienta es el estudio de solvencia, que, como su nombre indica, sirve para determinar si el candidato a inquilino podrá hacer frente al pago del alquiler y de otros gastos que pudiera haber, como facturas, seguros, etc.

    ¿En qué consiste un estudio de solvencia?

    Conocer de primera mano la situación financiera y el historial de pagos del candidato a inquilino es fundamental si quieres alquilar tu piso de forma segura. Gracias al estudio de solvencia, podrás realizar una criba para seleccionar a la persona con mayores ingresos y una situación laboral más estable.

    ¿Cómo se hace un estudio de solvencia?

    El estudio de solvencia se hace una vez dispones de varios candidatos interesados en alquilar tu piso. Para ello, deberás solicitarles todos los documentos que demuestren su situación financiera, que son los siguientes:

    Contrato de trabajo

    Con este documento, podrás saber si el inquilino ocupa un trabajo temporalmente o si está contratado de manera indefinida, así como la antigüedad que tiene en la empresa.

    En caso de ser un trabajador por cuenta propia, se le deberá solicitar el recibo de la cuota de autónomos, que demuestra su afiliación a la Seguridad Social en el régimen de trabajadores autónomos.

    Última renta

    La última renta indica los ingresos que tuvo el candidato en el año anterior. Puede ser un buen indicador para prever los ingresos que tendrá durante el año en curso, siempre que su situación laboral no cambie.

    Últimas tres nóminas

    Se solicitan para comprobar el nivel de ingresos mensuales de los candidatos. Cuanto más alta sea la nómina, menos probabilidad existe de que el candidato se convierta en un inquilino moroso.

    Si el candidato es autónomo, se le suele solicitar las últimas declaraciones trimestrales del IRPF e IVA, respectivamente, el modelo 130 y el modelo 303.

    Esta es la documentación básica con la que podrás elegir al mejor candidato a inquilino. No obstante, existen fuentes complementarias que aportan más información sobre la persona interesada.

    Información adicional para el estudio de solvencia

    Vida laboral

    La vida laboral es el registro que indica en qué régimen de la Seguridad Social está dada de alta la persona, la fecha en la que empezó a trabajar, número total de días cotizados y todos los puestos laborales que ha ocupado a lo largo de su vida.

    Es una forma de saber si esa persona se acaba de incorporar al mercado laboral o si, en cambio, es un trabajador con largo recorrido a la espalda.

    Referencias de antiguos propietarios

    Si el inquilino ya ha vivido en otros pisos de alquiler, se le pueden pedir referencias a sus antiguos caseros. Nada como la buena opinión de una tercera persona.

    Fichero de morosos

    Existen varios ficheros de morosos de carácter público elaborados por diferentes empresas. Consultarlos es una forma de comprobar que el candidato a inquilino nunca ha sido moroso en el pasado.

    Aval solidario o bancario

    Aunque no forma parte del estudio de solvencia como tal, el aval sirve para asegurarse de que, en caso de impago, será una tercera persona (aval solidario) o una entidad financiera (aval bancario) quien se hará cargo de la deuda.

    ¿Cómo analizar la información recogida con el estudio de solvencia?

    Solicitar y reunir toda la información financiera sobre el candidato es algo sencillo, pues lo normal es que el candidato que no tiene nada que esconder se muestre cooperativo. La parte difícil es analizar toda esa información para decantarse por el inquilino ideal:

    “¿Temporal con sueldo alto o indefinido con sueldo bajo?”

    “¿Autónomo con altos ingresos o asalariado con pocos?”

    “¿Le pido un aval, por lo que pueda pasar?”

    “¿Y qué pasa si al final no me paga?”

    Por preguntas como las anteriores, lo mejor es recurrir a agencias inmobiliarias que se encarguen de llevar a cabo el estudio de solvencia: nadie mejor que un profesional experto en el sector para elegir al inquilino ideal.

    El estudio de solvencia y tasa de esfuerzo, es solo uno de los muchos servicios que te ofrecemos en Wolo, un proceso mediante el cual nos aseguramos de que alquilas tu vivienda a la persona adecuada. Pero son muchos más los beneficios de trabajar con nosotros:

    1. Te asesoramos sobre la situación del mercado del alquiler, para que alquiles tu vivienda a un precio competitivo y estés siempre informado.
    2. Creamos un anuncio atractivo para los candidatos y le damos difusión a través de las plataformas de alquiler de pisos más conocidas, además de en la nuestra propia.
    3. Gestionamos las visitas a tu vivienda con las personas interesadas haciendo un filtro previo, una tarea para la que no siempre tendrás tiempo (o ganas) de trasladarte al piso y responder los muchos de mensajes de los inquilinos potenciales.
    4. Realizamos, por supuestísimo, el estudio de solvencia y te proponemos al mejor candidato.
    5. Redactamos el contrato de alquiler de acuerdo con la ley, el cual podrás firmar de manera telemática estés donde estés.
    6. Te aseguramos el cobro del alquiler puntualmente gracias a nuestro servicio de Alquiler Garantizado.

    ¿Eres propietario de un piso que quieres poner en alquiler? ¿No sabes o no tienes tiempo para encontrar al inquilino ideal? ¿Quieres alquilar tu piso con seguridad y seguir viviendo con tranquilidad?

    Entonces, haz clic en el botón, rellena el formulario y uno de nuestros asesores se pondrá en contacto contigo.

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  • ¿Es posible alquilar mi vivienda habitual?

    Imagina que eres propietario de una vivienda donde resides habitualmente, pero, por circunstancias vitales, te ves obligado a abandonarla para vivir de forma permanente en otra: por trabajo, por matrimonio, por divorcio, porque se agranda la familia, etc.

    En ese caso, tal vez quisieras alquilarla para sacarle rendimiento y/o para que la vivienda no se quedara vacía. Es decir, te estarías planteando alquilar tu vivienda habitual, aunque sin saber muy bien si esto es legal o no.

    Por ello, en este post hablaremos de esta situación a la que, a veces, la vida lleva a algunos propietarios.

    En primer lugar, ¿qué se considera una vivienda habitual?

    En la página de la Agencia Tributaria podemos consultar qué se entiende por residencia habitual en términos de deducciones fiscales.

    Así, a ojos de Hacienda, se entiende por residencia o vivienda habitual:

    La vivienda donde resida el contribuyente durante un plazo continuado de tres años.

    No obstante, aunque este periodo de tiempo no se haya cumplido, existen una serie de excepciones en las que también se considera una residencia como habitual, al exigir el cambio de domicilio: el matrimonio, la separación, el traslado laboral o la obtención del primer empleo.

    – La vivienda que el contribuyente habita de manera efectiva y con carácter permanente en un plazo no superior a 12 meses desde la adquisición de esta o desde el fin de las obras realizadas en ella.

    Alquilar una vivienda habitual como residencia de un inquilino

    En principio, no hay ningún impedimento legal a la hora de alquilar una vivienda habitual si hay previsión de abandonarla. Por ejemplo, tienes intención de mudarte de ciudad el día 1 de marzo y quieres dejar tu vivienda alquilada a partir de esa fecha.

    Para hacerlo, como en cualquier arrendamiento, es necesaria la celebración de un contrato de alquiler; de lo contrario, no existirá relación administrativa entre el propietario y el inquilino, con las consecuencias negativas que ello conlleva.

    Sin embargo, al cambiarte de domicilio, la que hasta ahora era tu vivienda habitual como propietario deja de tener esta condición. Fiscalmente, esto significa dos cosas:

    – Por un lado, perderás la bonificación en el IRPF por deducción de vivienda habitual hipotecada (si la adquiriste antes del 1 de enero de 2013), ya que esta es la condición que impone la Agencia Tributaria.

    – Por otro lado, tendrás la obligación de declarar la renta que percibes al alquilar la vivienda.

    Si declaras que tu vivienda en propiedad sigue siendo tu residencia habitual, y/o si no declaras lo que recibes por parte del inquilino, la Agencia Tributaria podría multarte por alquiler fraudulento.

    Aprovechamos para recordar también que, si cambias de vivienda habitual, es obligatorio que te empadrones en el nuevo domicilio. De no hacerlo, la administración podría considerar tu situación como un falso empadronamiento y sancionarte por ello con multas que van desde los 3 € en municipios de hasta 20 000 habitantes hasta los 150 € en municipios con más de 500 000.

    Alquilar una vivienda habitual por periodos cortos de tiempo

    Puede ocurrir que no vayas a mudarte, sino que vayas a abandonar tu residencia habitual durante un corto periodo de tiempo (vacaciones, viajes de negocios, etc.) y que quieras alquilarla por unos días. Esto es lo que se conoce como alquiler turístico.

    Este supuesto no se rige actualmente por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), sino que cada comunidad autónoma cuenta con su propia normativa. Por ello, según dónde se encuentre la vivienda, tendrás que consultar la legislación autonómica para conocer los límites y condiciones del alquiler turístico de una residencia habitual.

    ¿Qué ocurre si un inquilino decide alquilar su vivienda habitual?

    Hasta ahora, hemos hablado de lo que ocurre cuando es el propietario de la vivienda quien reside habitualmente en ella y decide alquilarla. Pero ¿qué pasa si es un inquilino quien toma esta decisión o se ve obligado a ella?

    En este supuesto, habría que hablar de dos situaciones que pueden darse: cuando el inquilino quiere alquilar una habitación a una tercera persona y cuando el inquilino quiere alquilar la vivienda completa.

    Subalquilar una habitación

    Si el inquilino quiere subalquilar legalmente una habitación, siguiendo él como titular del contrato, debe contar con el permiso por escrito del propietario. Para ello, lo mejor es dejar constancia del subarrendamiento realizado en el contrato de alquiler o bien en un anexo a este.

    Subalquilar la vivienda entera

    Si el inquilino tiene que marcharse de la vivienda, deberá tener el permiso por escrito del propietario para ceder el contrato de alquiler a otra persona.

    Esto recibe el nombre de subrogación del contrato del alquiler, es decir, el nuevo inquilino reemplaza al antiguo en cuanto a los derechos y las obligaciones pactadas en el contrato inicial.

    Tanto a la hora de subalquilar una habitación como de subrogar el contrato, si el inquilino decide hacerlo sin el consentimiento del propietario, este podrá rescindir unilateralmente el contrato de alquiler.

    Cómo alquilar tu piso de forma segura

    Si estás pensando en alquilar tu piso, seguro que una de las cuestiones que más te preocupa son los impagos por parte del futuro inquilino. Por eso, la mejor forma de prevenir esta situación es recurrir a agencias que te ofrezcan no un seguro de alquiler, sino un servicio de Alquiler Garantizado.

    En Wolo ofrecemos este servicio, mucho mejor que un seguro, a propietarios que quieran tener la tranquilidad de alquilar su piso de forma segura. De esta manera, recibirás puntualmente la mensualidad sin preocuparte por impagos y durante todo el tiempo que dure el contrato de alquiler.

    Haz clic en el botón de abajo y descubre todas las ventajas que te ofrecemos en la plataforma de alquiler de pisos mejor valorada del país.

  • ¿Cómo valorar a un inquilino para saber que es el indicado?

    ⏯ Si prefieres escuchar que leer ¡dale al play!

    Uno de los mayores miedos a la hora de alquilar un piso es pensar en qué manos caerá nuestra vivienda.

    Sin ninguna duda, es una de las grandes preocupaciones que tienen todos los propietarios actualmente.

    Pero ¿qué dirías si te mostramos un método super efectivo para acabar con él de un plumazo? 

    Quizá pienses que nos estamos yendo de listos o que eso es imposible, pero, a continuación vamos a demostrar que existe un modo de valorar a esos candidatos a inquilinos que funciona.

    ¿Quieres verlo? ¡Sigue leyendo!

    Qué debes tener en cuenta para valorar a tu inquilino

    Como dirían las madres, de todo tiene que haber en la viña del señor. Y por ello, a la hora de alquilar, es posible encontrarnos con inquilinos solventes, insolventes, ruidosos, educados, limpios, ordenados, descuidados, respetuosos…

    Y lo peor de todo es que, la mayoría de las veces, hasta que no están dentro de tu casa y han pasado algunos meses no te das cuenta realmente de cómo son. 

    Esto es algo que se puede evitar si sabes cómo valorar a un inquilino.

    En los siguientes párrafos vamos a compartir diferentes aspectos a tener en cuenta para decidir si un inquilino es el indicado o no.

    No obstante, ante cualquier tipo de duda, te recomendamos tener contacto con tus inquilinos, mantener conversaciones amables, y disfrutar de una buena relación durante la duración del contrato.

    Dicen que hablando se entiende la gente. Y es el mejor modo de resolver cualquier conflicto o desacuerdo futuro que pueda surgir.

    Dicho esto, veamos cómo valorar a un inquilino.

    Evaluación económica 

    Para muchos propietarios tener buenos inquilinos significa que cada mes reciban el pago de manera puntual. Es decir, les preocupa que sus inquilinos sean solventes y puedan responder a su compromiso de pago.

    Lo cierto es que es uno de los primeros puntos que deberías evaluar a la hora de alquilar tu vivienda. 

    Un modo de hacerlo podría ser solicitándole educadamente algún documento que acredite su estado financiero. Por ejemplo, un contrato, nómina o su declaración de la renta. Esto forma parte de lo que se conoce como estudio de solvencia del candidato.

    En este punto cabe destacar que esto no está recogido en ninguna ley.  Por ello, debes explicarle al inquilino la situación para que amablemente te entienda y decida aportar esta documentación. 

    Es un modo de hacer la búsqueda de inquilinos más segura.

    Pídele que se ponga en tu lugar, pero ponte tú también en el suyo. Con educación y talante seguro que no hay ningún problema.

    Evaluación personal

    Otra de las pautas a seguir para entender cómo valorar a un inquilino es analizar su vida social y comportamientos.

    Esto es quizás más complicado de corroborar, pero si te preocupas por conocer un poco a la persona a la que vas a alquilar tu vivienda, quizás acabes eligiendo el mejor inquilino.

    No te decimos que te hagas amigo, pero sí que te muestres cercano y te alejes de la típica relación tensa entre propietario e inquilino que suele existir.

    De este modo, podrás entrever qué tipo de persona es, qué gustos tiene y cómo es su personalidad. 

    Otra opción es buscarlo en redes sociales. Seguro que de ahí sacas mucha información.

    Las opiniones de propietarios anteriores

    Esta recomendación es de las que más te puede servir. Averigua cuál fue su anterior vivienda de alquiler y contacta con el propietario de la misma. 

    Esta persona mejor que nadie te podrá contar su experiencia y darte respuesta a muchas de tus preguntas.

    Lo más probable es que el propietario te atienda sin ningún problema, él también sabe lo que implica alquilar un piso y buscar a buenos inquilinos.

    Algunas de las preguntas que podrías hacerle son:

    La mejor opción, como con la documentación económica, es pedir al inquilino que presente estas referencias. Tanto él como tú quieren buscan un mismo objetivo: que el piso se alquile. Lo normal es que si ha tenido buena relación con el propietario anterior, lo facilite. 

    Cómo realizar una búsqueda de inquilinos segura y fácil

    Saber cómo valorar a un inquilino puede evitarte muchos quebraderos de cabeza y problemas a futuro.

    Sin embargo, sabemos que a veces no se cuenta con la experiencia, los medios ni el tiempo suficiente para hacerlo correctamente.

    En este caso debes saber que hay empresas que ayudan a los propietarios en esta valoración e igualmente se ocupan de redactar y adaptar los contratos para incluir como cláusula cualquier aspecto que preocupe al propietario.

    Desde Wolo te animamos a hacerlo. No porque ofrezcamos este servicio, que lo hacemos, sino porque realmente hay personas y empresas muy capacitadas para realizar esta función de forma segura y transparente.

    El mercado inmobiliario está cambiando y con él las empresas que lo componen. Y una muestra de ello es el cómo se hace el proceso de valorar a un inquilino.

    Lo primero que se te podría venir a la cabeza en este sentido, son los seguros de impago. Para ellos, es fundamental contar con la información que te dimos en el primer punto. Es algo obligatorio.

    Sin embargo, existen otras soluciones que van más allá como el Alquiler Garantizado, por no hablar de que la parte económica es importante, pero no lo es todo.

    De qué te sirve que un inquilino pague religiosamente sus cuotas si los vecinos no paran de llamarte para quejarse de sus ruidos a altas horas de la madrugada.

    La solución que te proponemos nosotros es utilizar nuestra tecnología para valorar a tus inquilinos.

    Es decir, si ahora mismo buscas inquilino para tu piso, en nuestro sistema encontrarás un perfil de cada posible candidato en el que se detalla de todo: foto, aficiones, nivel de ingresos…

    Para ser más exactos, dividimos la información en tres apartados: valoración económica, validación social y referencias de otros propietarios.

    Es un sistema pensado para ser eficiente y seguro son el que no dejamos nada librado al azar.

    Si quieres saber cómo funciona, ponte en contacto con nosotros y te lo contamos todo con pelos y señales.

    Con esto, lo que menos te preocupará de aquí en adelante será la búsqueda de tus inquilinos.

  • Seguro de alquiler, ¿la mejor opción para los propietarios?

    Puedes ser un propietario acostumbrado a alquilar su vivienda o bien alguien que está planteándose hacerlo por primera vez. Tanto si eres uno como otro, no siempre es fácil poner en alquiler tu vivienda, ese piso o esa casa donde creciste y de la que tantos buenos recuerdos conservas.

    Sin embargo, muchos propietarios recurren al alquiler para obtener ingresos extras, cada mes y de manera pasiva. Y la jugada parece que les sale bien. ¿Por qué tú no te ibas a atrever?…

    Desde este mismo momento en que has decidido alquilar tu vivienda, tienes una preocupación: que te destrocen la casa. Sí, alguna gente no tiene ningún respeto por el bien ajeno, pero hay formas de cubrirte las espaldas ante estos posibles desperfectos, como la fianza, un depósito de alquiler, un aval o incluso un seguro de hogar.

    Pero, más allá de esta preocupación, existe otra cosa, algo que no se trata de una preocupación, sino de un auténtico (y comprensible) miedo: que tu futuro inquilino no te pague.

    Esta es la pesadilla de cualquier propietario de una vivienda alquilada, que te priven de tu derecho a recibir tu dinero desde el primer día. Y venga a reclamar, y venga los dolores de cabeza, y venga la ansiedad y la impotencia.

    Por suerte, si existe un problema, existe una solución. Y la solución para alquilar tu piso y seguir viviendo con tranquilidad son los seguros de impago de alquiler. Bueno, hasta cierto punto…

    Los seguros de impago de alquiler, una buena almohada para ti, propietario

    Efectivamente, con un seguro de impago de alquiler tienes el sueño garantizado. Hasta cierto punto.

    Este tipo de productos, que ofrecen bancos y agencias inmobiliarias, te cubren ante posibles impagos por parte de tu inquilino, además de ofrecerte ventajas adicionales, como la indemnización por daños y la asistencia jurídica cuando la cosa se complica y hay que iniciar el proceso de desahucio.

    Pero antes hemos dicho “hasta cierto punto”. Y ese punto puede llegar antes de lo que piensas.

    Por ejemplo, imagínate que tu inquilino, que hasta la fecha no había dado ningún problema, deja de pagarte a partir del año de contrato. Quizás ha perdido el trabajo. O la vida se ha encarecido. O mil cosas que pueden ocurrir y que, de hecho, ocurren a diario.

    No pasa nada, tienes un seguro de impago de alquiler, ¿verdad? ¡Alabada sea la prevención!

    Echas mano a la póliza y, abajo del todo, justo donde está toda la letra pequeña que nadie quiere que leas, pone, en minúsculo pero claramente, que la cobertura por impago del alquiler solo abarca el primer año de contrato. Que a partir de ahora solo te cubren daños y vandalismo. O quizás ya ni siquiera eso.

    ¿Quién iba a pensar que el inquilino dejaría de pagar al cabo de un año, con lo solvente que era? La vida, que da demasiadas vueltas.

    Ahora, ¿qué? Tienes en casa a un inquilino moroso y tú no recibes tu dinero. Pero tienes que seguir pagando los gastos derivados de ser el propietario de ese piso: la comunidad, el IBI, el seguro de hogar, y bonita la derrama que acaban de aprobar para arreglar el portal y pintar la fachada.

    Como suele decirse, las desgracias nunca vienen solas, pero hay una manera de evitar que ocurra la primera de la cadena: que dejes de recibir tu dinero.

    Está claro que los seguros de impago de alquiler no resultan efectivos, ya que solo te cubren durante cierto tiempo, normalmente, un año. A partir del año, estás tú solo ante el peligro del impago. O bien puedes contratar un seguro con mayor cobertura, pero, haciendo cuentas, la verdad es que tampoco te resultaría tan rentable poner tu piso en alquiler.

    ¿Alternativas a los seguros de impago, por favor? Una.

    El alquiler garantizado, la mejor almohada para ti, propietario

    Hace unos años, cuando creamos Wolo, sabíamos de qué pata cojeaban los seguros de impago de alquiler: la limitación de la cobertura.

    Así que creamos nuestro Alquiler Garantizado, un servicio para propietarios de viviendas que quieran alquilarla con total tranquilidad, sin tener que rezar por que el inquilino siga pagando más allá del tiempo que les cubre la póliza de su seguro de alquiler.

    El servicio de Alquiler Seguro de Wolo incluye todo lo bueno que tiene un seguro sin nada de lo malo (la letra pequeña, básicamente):

    • No existen periodos de carencia ni retrasos. La cobertura es inmediata, tú recibes tu dinero desde el primer día en que tu piso está alquilado.
    • Tampoco hay anticipos. Pagas esta cobertura mes a mes, sin necesidad de hacer un desembolso grande para empezar a disfrutar de ella.
    • La cobertura es ILIMITADA (así, bien grande). Nada de cobertura solo durante el primer año: estás cubierto durante todo el tiempo que dure el contrato de alquiler, si es un año como si es un siglo.
    • Además, también incluye otros servicios como cobertura por desahucio, defensa jurídica, indemnización por daños/vandalismo, selección y estudio de candidatos, gestión de visitas y comunicación con el inquilino (cosa que tampoco incluyen los seguros de impago de alquiler).

    Sin duda, alquilar tu piso o tu casa es una opción excelente para obtener ingresos. Pero tienes que hacerlo bien: o te cubres (de verdad) las espaldas o tendrás que lidiar tú solo con las varias y complicadas situaciones que podrían darse.

    En definitiva, es una inversión triple:

    • En tranquilidad: un equipo al completo se encarga de la gestión de tu alquiler, desde la selección de los candidatos a inquilino hasta el cobro de la renta, que luego tú recibes puntualmente en tu cuenta .
    • En seguridad: no tendrás que vivir con la duda de si el mes siguiente vas a cobrar o no. Sí, cobrarás siempre. Tú descansa.
    • En tiempo: el tiempo es oro, y seguro que no quieres perderlo gestionando el alquiler. Delega y dedícalo a lo que de verdad te gusta.

    Entonces, ¿vas a alquilar tu vivienda con un servicio de alquiler seguro? ¿O vas a contratar un seguro de alquiler y te vas a poner a rezar a partir del primer año de contrato?

    Elige lo correcto: haz clic y te contamos más cosas.